La Junta de Andalucía ha comunicado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que la valoración de las fincas que componen el sector ST-1 del paraje de El Algarrobico, en Carboneras, “con las edificaciones y construcciones existentes”, es de 2.313.896,61 euros, aunque reconoce que el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional aún pueden modificar esta valoración y establecer “eventuales indemnizaciones” a la promotora del hotel, Azata.
En un informe elevado al TSJA, hace referencia a la sentencia en firme del propio tribunal que da la titularidad del suelo a la Junta y remarca que esa misma resolución concluye que la edificación del hotel no ha provocado “incremento patrimonial en las fincas, sino más bien un decremento en la valoración del suelo porque la construcción no está amparada por la ley”.
La administración admite la “situación judicial incierta que pende” sobre el establecimiento y, por tanto, que esta cuantía de 2,3 millones, ya en deposito judicial, podría verse alterada por la “valoración de las edificaciones, y en su caso, las eventuales indemnizaciones” que se puedan dictar en cuatro procedimientos judiciales aún en tramitación.
En concreto, alude al proceso que fallará para unificar doctrina sobre si el suelo es o no urbanizable, al que debe decidir sobre la indemnización de 70 millones de euros que, conjunta y solidariamente, solicita Azata de Junta andaluza, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y Ayuntamiento de Carboneras, y a los dos en el Supremo a raíz de los recursos presentados por la promotora contra otras dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia que validaron el derecho de retracto.
En el informe remitido a la Alto Tribunal andaluz para dar cumplimiento su requerimiento de documentación en el marco del incidente de ejecución forzosa para que la Junta de Andalucía pueda formalizar en escritura pública la titularidad del suelo en que se asienta el hotel, esta remarca que no tiene intención de adquirir la propiedad de las edificaciones existentes en el paraje “a efectos de su explotación comercial o disfrute, sino a efectos de su demolición” para dar cumplimiento al protocolo firmado en noviembre de 2011.
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