La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a un vecino de Tíjola para quien la Fiscalía solicitó tres años y seis meses de prisión por menudear supuestamente con cocaína ante la “escasa consistencia” de la prueba y la “nula fiabilidad” de los testigos que comparecieron en el acto de juicio ya que ofrecieron “versiones dispares sobre la procedencia de la droga que les fue intervenida”.
La sentencia concluye que la prueba inculpatoria desplegada por la acusación, a raíz de una actuación de la Guardia Civil, es a “todas luces insuficiente” para enervar la presunción de inocencia de R.K., de 29 años. El tribunal considera probado que los agentes montaron un dispositivo de vigilancia el 29 de octubre de 2010 en torno al domicilio del joven, “de quien tenían sospechas de que pudiera dedicarse a la venta de cocaína”.
Lagunas El operativo se saldó con el registro a dos personas a la salida de la casa y a las que se intervinieron dos papelinas con 0,98 gramos y 0,44 gramos valoradas en 58,43 y 26,23 euros, respectivamente. El tribunal remarca, no obstante, que no consta que las referidas papelinas hubieran sido vendidas o entregadas a sus portadores por el acusado.
Fundamenta el fallo absolutorio en que no tienen “eficacia probatoria y no pueden ser tenidas en consideración” las declaraciones que prestaron las dos personas a las que se les intervino la cocaína. Por último, en relación a la transcripción de los mensajes de texto de los teléfonos móviles que le fueron incautados con motivo de su detención, concluye que “no arroja ninguna evidencia de la posible implicación en actividades de venta de droga sino a lo sumo en la compra de una pequeña cantidad de dos gramos de sustancias no concretadas que a la postre no se llegó a materializar al no llegar a un acuerdo sobre el precio al que le era ofertada”
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