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La Fiscalía: La votación del Consorcio de Residuos “vulneró” derechos fundamentales

La fiscal apunta que el voto secundado por los alcaldes del PP y dos independientes no se ajustó los estatutos

Instalaciones del Consorcio de Residuos almanzora-Levante-Los Vélez situadas en el municipio de Albox.
Instalaciones del Consorcio de Residuos almanzora-Levante-Los Vélez situadas en el municipio de Albox.
Guillermo Mirón
19:18 • 10 dic. 2015

La votación para nombrar a los altos cargos del Consorcio de Residuos Almanzora-Levante-Los Vélez encargado de gestionar la basura de 45 municipios “vulneró” un “derecho fundamental” privando a algunos de sus miembros de acceder “en condiciones de igualdad a los cargos públicos”.




Así lo apunta la fiscal del caso que ha  remitido un escrito al Juzgado de lo Contencioso Número 3 de Almería en el que también refleja que se habrían vulnerado “los artículos 8.4 y 20 de los Estatutos” del Consorcio. La demanda que ha provocado el pronunciamiento de la Fiscalía tuvo lugar tras la elección de la presidencia, vicepresidencia y del Consejo Consultivo en septiembre. La bronca entre las dos candidaturas que se presentaban fue mayúscula debido a las diferencias sobre el sistema de votación utilizado.




Sistema de voto
La candidatura encabezada por el alcalde popular de Olula del Río y apoyada por el resto de ayuntamientos del PP así como por los independientes de Partaloa y Albanchez junto con la Diputación, resultó elegida tras la imposición del sistema de un voto por persona amparándose en un informe jurídico presentado pese a las críticas de la candidatura alternativa.




La otra opción, encabezada por el alcalde socialista de Arboleas, está apoyada por ayuntamientos socialistas, el andalucista de Vera y el de Turre, gobernado por Somos Turre y defiende el sistema de voto ponderado que se ha realizado en elecciones anteriores. Bajo este sistema, el número de votos por pueblo depende del número de habitantes. A más población, mayor representación. De haber sido así, la candidatura del olulense Antonio Martínez habría obtenido 726 votos mientras que a la del arboleano Cristóbal García le habría correspondido 785 votos.




El intercambio de acusaciones abierto cuando se anunció que la votación tendría lugar bajo el sistema de un voto por cada miembro del ente con independencia del número de habitantes terminó en una demanda. Este sistema permitió la reelección del alcalde olulense como presidente del Consorcio con 24 votos a su favor por 20 de la candidatura alternativa.




En los juzgados
Las diferencias acabaron en los tribunales y ahora es el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Almería el que debe dar luz sobre lo sucedido. En este sentido, la Fiscalía señala que en la Junta se adoptó un sistema “de voto por persona y no de voto ponderado como se señala en sus estatutos” sin tener en cuenta “la base de un ente asociativo de segundo nivel como es el consorcio” en el que se aplica para la toma de decisiones el sistema de voto ponderado”.




Desde la celebración de la Junta General las posturas de unos y otros han continuado en polos opuestos. Mientras que la candidatura ganadora deja “en manos de la justicia” la decisión tomada aunque admite que los estatutos puedan generar “dudas”, desde la otra candidatura tachan los sucedido de “pucherazo” y han dando a entender en reiteradas ocasiones que se trata de “una presunta ilegalidad”. Por el momento el pronunciamiento judicial no ha llegado aunque la fiscal considera “procedente estimar el recurso” interpuesto “al no resultar justificado el sistema de elección impuesto”.





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