Salir con los niños y practicar deporte, ya sin horarios ni tope de veces al día

El BOE ha publicado este miércoles una orden que tiene efectos inmediatos

Un niño con mascarilla patina por una calle durante la Fase 2.
Un niño con mascarilla patina por una calle durante la Fase 2. Europa Press
Europa Press
11:36 • 27 may. 2020

Aunque la Fase 2 entró en vigor en gran parte del territorio español el pasado lunes, es partir de hoy cuando una medida muy esperada, la supresión de las franjas horarias que regían las salidas infantiles y la práctica de actividades deportivas, se hace efectiva.



Así, el Gobierno ha eliminado de forma oficial las franjas horarias para la salida de los niños a la calle y para la práctica del deporte para aquellos territorios que hayan avanzado a la Fase 2 del proceso de desescalada.



Así lo recoge una orden publicada este mismo miércoles en el BOE, que tiene efectos inmediatos, y que permitirá salir a la calle para las citadas actividades fuera de los horarios que el Ejecutivo estableció el pasado 25 de abril.



Para la práctica de deporte individual y paseos, los ciudadanos tenían reservadas dos franjas horarias: de 06.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00. Por otro lado, las salidas de los menores de 14 años quedaban restringidas a la franja de 12.00 a 19.00 horas.



Asimismo, en la orden recogida en el BOE también se eliminan las limitaciones en el número de veces que se pueden realizar estas actividades diariamente.



Por el momento, la Fase 2 está vigente en Asturias, seis provincias de Andalucía, Almería entre ellas, Aragón, las Islas Baleares, las Islas Canarias, Cantabria, dos provincias de Castilla-La Mancha, tres territorios de Cataluña, Extremadura, Galicia, Murcia --a excepción del municipio de Totana-- País Vasco, La Rioja y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.



Por otro lado, el Ejecutivo ha señalado que los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso a la playa --que será gratuito-- como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros entre bañistas.



Así, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, se podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas.


A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, el Gobierno considera que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.



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