Esta es la nueva deducción temporal en el Impuesto sobre la Renta por adquisición de vehículos eléctricos
¿Qué requisitos tienen que cumplir los vehículos que adquiero?
1º No podrán estar afectos a una actividad económica.
2º Deberán estar matriculados por primera vez en España antes de 31 de diciembre de 2024 en el caso de adquisición o antes de que finalice el
segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta.
3º El precio de venta del vehículo adquirido no podrá superar el importe máximo establecido, en su caso, para cada tipo de vehículo en el Anexo III
del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades
de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia Europeo, calculado en los términos establecidos en dicha norma.
¿Cuál es la base máxima de deducción?
La base de la deducción está constituida por el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, y no formarán parte de la misma las cuantías subvencionadas o que vayan a serlo a través de un programa de ayudas públicas.
En todo caso, la base de deducción no podrá exceder de 20.000 €.
¿Cuál es el porcentaje de deducción y en qué período impositivo se aplica?
Existen dos alternativas y deberás optar por una de ellas:
Si adquieres el vehículo desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 podrás deducir el 15% del valor de adquisición.
En este caso, deberás practicar la deducción en el periodo impositivo en el que matricules el vehículo.
Si entregas cantidades, desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, a cuenta de la futura compra del vehículo que supongan,
al menos, el 25% del valor de adquisición podrás practicar la deducción por el 15% del valor de adquisición.
El abono de la cantidad restante y la adquisición del vehículo deberás realizarlos antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato
posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad:
Si realizas pagos en 2023 (desde 30 de junio) que supongan al menos el 25% del precio de adquisición del vehículo tendrás hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar el pago de la cantidad restante y adquirirlo.
Si realizas pagos en 2024 que supongan al menos el 25% del precio de adquisición del vehículo tendrás hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el pago de la cantidad restante y adquirirlo.
Si realizas pagos en 2023 (desde el 30 de junio) y además en 2024 para alcanzar el 25% del precio de adquisición tendrás hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el pago de la cantidad restante y adquirirlo.
En este caso, practicarás la deducción en el periodo impositivo en el que la cantidad a cuenta satisfecha alcance el 25% del precio de adquisición.
Derecho a la deducción
Puedes aplicar la deducción por la compra de un único vehículo eléctrico nuevo siempre que lo destines a tu uso particular.
Por lo tanto, para beneficiarte de la deducción:
No puedes adquirir el vehículo para afectarlo a la actividad económica que desarrolles.
Si adquieres el vehículo a título particular y después lo afectas a tu actividad perderás las deducciones practicadas.
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