En el centro de una amplia llanura, en el poniente de la provincia de Almería, se encuentra el municipio de El Ejido en cuyo solar como ha certificado la documentación epigráfica, se asentaba la antigua ciudad romana de Murgi según recogen también diversos autores antiguos.
El lugar llamado Ciavieja debe considerarse como el centro político y administrativo del territorium Murgitanum en consideración principalmente a los pedestales imperiales allí localizados. Pero los numerosos vestigios romanos de todo tipo encontrados en una amplia zona en torno a este núcleo principal denotan que la expansión territorial propia de su municipium abarcaba toda una amplia comarca delimitada al norte y sur por la sierra de Gádor y el mar Mediterráneo respectivamente, en tanto que por el este y oeste, con las también poblaciones romanas de Urci y Abdera.
De las fuentes literarias antiguas, Plinio el Viejo la cita en tres ocasiones:
N.H.III,2,6: “A continuación, a partir del territorio de Murgi se encuentra la Citerior, llamada también Tarraconense, hasta los montes Pirineos”.
N.H.III, 3,8: “Después la ciudad y río de Maenoba, Sexi con el sobrenombre de Firmum Iulium, Sel, Abdera, Murgi, el fin de la Bética”.
III, 3,17: “Actualmente la Bética tiene una longitud de 250.000 pasos desde el límite de la ciudad de Cástulo hasta Cádiz y 25.000 más a partir de la costa marítima de Murgi”.
El siguiente autor en mencionarla es Claudio Ptolomeo que la sitúa entre las ciudades de los túrdulos:
Geographike II,4, p.13: “Entre las cuales, las ciudades…Detunda, Murgi, Salduba”
Su nombre vuelve a aparecer en uno de los itinerarios más conocidos, el Itinerario Antonino, redactado a finales del S. III o principios del IV de nuestra era, en el párrafo 405, 1 que recoge el tramo de la vía Augusta entre Cástulo y Málaga:
“Entre Turaniana y Murgi hay doce millas”.
“Entre Murgi y Sexi, treinta y ocho millas”
Aunque las ruinas de Murgi son objeto de una descripción del informante de Madoz, es a partir de finales del siglo XIX, al construirse la carretera Almería -Málaga y aparecer la famosa inscripción de las termas, es cuando se intensificó el interés por el estudio de la ciudad romana y yacimientos próximos como Tarambana, Cabriles, Onayar, El Daimuz, El Pampanico y otros de menor entidad o más alejados como Loma Mezquita, cortijo Quereda o Guardias Viejas.
Numerosos han sido los importantes testimonios allí encontrados de los que me permito destacar el suntuoso enterramiento de una mujer metida en un ataúd de plomo acompañado de un rico ajuar y joyas del que se desconoce su paradero actual, el mosaico báquico o la necrópolis en el entorno del mausoleo del Daimuz.
El conjunto de esta información material e inmaterial no hace sino constatar la existencia de una población plenamente romanizada ya desde los primeros años de nuestra era, si bien el proceso de incorporación al ámbito cultural y político de Roma se había iniciado mucho antes con la conquista del Este y Sur peninsular hacia el año 200 a.C.
Sabido es que el año 197 a.C. el Senado romano consuma la división del territorio ibérico conquistado tras la segunda guerra púnica en dos provincias: la Citerior y la Ulterior. Desde el primer momento Murgi quedó englobada en la Ulterior, más tarde llamada Baetica. Tenía esta provincia rango senatorial, era gobernada por procónsules, y para una mejor administración, su división en conventus iuridici fue institucionalizada en tiempos de Augusto. Murgi fue asignada al conventus Gaditanus, una franja de tierra que comprendía aproximadamente la zona costera desde la desembocadura del Guadalquivir hasta el límite de la Bética en esta ciudad, es decir, la provincia de Cádiz, sur de las provincias de Málaga y Granada y extremo suroccidental de la de Almería.
Mediante una lex data en tiempos de la dinastía Flavia, Murgi adquirió el derecho latino que la convertía en ciudad privilegiada con todas las ventajas inherentes a tal situación, como era entre otras la obtención de la ciudadanía romana tras el desempeño de determinados cargos políticos en la ciudad, un estatus que se manifiesta cuando se nombra a sus habitantes como munícipes y cives en la monumental inscripción que testimonia la fundación de las termas, y su adscripción a la tribu Quirina que menciona otro texto epigráfico. El título de Respublica que se le asigna en tres inscripciones es otra prueba irrefutable de la autonomía municipal adquirida y que conservó hasta los últimos años del Imperio Romano.
Las fuentes de que disponemos no nos han transmitido el nombre de ninguno de los magistrados que ejercieron funciones de gobierno en el municipio, pero sí el de algunos personajes que, sin explicitarlo abiertamente, debieron ostentar cierto liderazgo político, social o religioso en el municipium murgitanum. El primero de ellos es L. Emilio Dafno, un rico liberto de origen oriental, dedicado sin duda a la actividad comercial, que obtuvo el seviratus por elección de la curia, formando parte de un colegio sacerdotal encargado del culto imperial. Otros miembros de la élite local fueron los de la familia Pedania. Tanto Lucio Pedanio Venusto como sus hijos Pedanio Claro y Pedanio Lupo y la esposa del primero Porcia Maura, alcanzaron tal influencia en el municipio que la ciudad dedicó a la esposa, ya difunta, un monumento público en reconocimiento, sin duda, de los servicios que la familia había prestado a la comunidad.
Además de los decuriones, es decir, los que formaban la corporación municipal, la mayor parte de los cuales o bien eran ya ciudadanos romanos o estaban en trance de conseguirlo, existieron en Murgi diversas clases de pobladores. En primer lugar, los cives, mencionados en la inscripción de las termas, ciudadanos latinos del municipio, hombres libres que gozaban de los derechos obtenidos por el ius Latii y a los que sólo un insuficiente censo económico impedía el acceso al ordo decurionum. Un segundo segmento social estaba formado por los incolae que encontramos en la misma inscripción, clase social compuesta por residentes que no formaban parte de los ciudadanos propiamente dichos. El incola no es un ciudadano de pleno derecho en el municipio que le acoge, aunque sí está obligado a observar las mismas obligaciones que los municipes. Estos incolae tenían acceso al sacerdocio imperial llamado sevirato e incluso, aunque raramente, a las magistraturas ordinarias. Uno de estos casos es probablemente el de L. Emilio Dafno que construyó y donó las termas a Murgi. En su conjunto este estrato social estaba compuesto por personas relacionadas con el mundo de los negocios que gozaban de una posición económica desahogada, por lo que eran reclamados por las autoridades municipales para ejercer cargos relacionados con la munificencia. No deja de ser llamativo igualmente que muchos de dichos individuos pertenecieran a su vez al sector social de los libertos en cuyas manos se encontraba prioritariamente la actividad industrial y comercial, y que, por lo tanto, se veían obligados a desplazar su residencia a las ciudades donde desarrollaban su actividad.
Como revela el cognomen Dafnus, el personaje del que hablamos era liberto de origen oriental. La condición de liberto, la adquirían los antiguos esclavos manumitidos por un ciudadano romano que los mantenían como personas de confianza encargándoles la administración de sus negocios y ejerciendo de auténticos testaferros.
Otra familia de libertos la constituían Lucio Pedanio Venusto, su esposa e hijos que en parecidas circunstancias alcanzaron una cómoda posición económica y ejercieron una actividad de munificencia muy común a este estrato social. Mientras que Dafno construyó unas termas para uso y disfrute de los murgitani al tiempo que los obsequiaba con un banquete y dinero en efectivo, Venusto y sus hijos costearon unos espectáculos públicos consistentes en juegos de circo. El motivo de la generosidad del primero había sido su nombramiento como sevir, en tanto que el segundo lo hacía en compensación por las honras públicas decretadas por el municipio en honor de su difunta esposa Porcia Maura.
(Continuará)
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