Registro de tiempo trabajo vs precariedad y fraude

Antonio Valdivieso Montes
11:00 • 10 jul. 2019

Según el informe de nuestro Gabinete Técnico, “La prolongación no retribuida de la jornada laboral”, más de un millón de trabajadores y trabajadoras a tiempo completo (casi el 8% de la población asalariada) realizaron el año pasado una jornada de trabajo superior a la acordada. En concreto, prolongaron su jornada una media de 10,5 horas a la semana por encima de lo pactado, sin cotizar ni percibir ninguna retribución. Cada semana se trabajan 11 millones de horas por encima de la jornada laboral acordada-declarada (engrosando el beneficio empresarial y aumentando la precariedad), que equivaldrían a 276.000 puestos de trabajo a tiempo completo a nivel nacional y unos 500 en nuestra provincia.


La prolongación no retribuida de la jornada laboral es una de las formas más graves de precariedad y de fraude a la Seguridad Social, que justifica por sí sola la obligatoriedad del registro de jornada en todas las empresas, como se ha decretado recientemente.


Por ramas de actividad, Industria, comercio y hostelería concentran los mayores volúmenes de horas de prolongación no acordada y el mayor número de trabajadores y trabajadoras afectados por la prolongación de la jornada laboral no remunerada.



Estos datos avalan la necesidad de que en todas las empresas se articule un método efectivo para el registro del tiempo de trabajo. Es necesario para medir las horas que realizan las trabajadoras y trabajadores y también como forma de prevención de fraudes y abusos, que repercuten en el precio del salario/hora, en las tasas de paro (se podrían generar 276.000 puestos de trabajo) y en las propias cuentas de la Seguridad Social (cotizaciones).


Todas estas cuestiones relacionadas con el control efectivo de la jornada laboral se deben pactar entre trabajadores y empresarios en el marco de la negociación colectiva, para que tanto su organización y documento de registro, como el sistema por el que se van a recoger los datos (que deben ser comprensibles y bien detallados) sean accesibles a la Representación Legal de los Trabajadores y a la Inspección de Trabajo. Además, los sistemas que se establezcan deben garantizar la preservación del derecho a la intimidad, dignidad y protección de datos de todos los trabajadores y trabajadoras.



Desde CCOO nos mostramos críticos con los mensajes “estrambóticos por parte de la CEOE” que ridiculizan y tachan de obsoleto y perjudicial para los trabajadores y trabajadoras la obligatoriedad de registrar la jornada laboral. En España se hace un uso indebido de la prolongación de la jornada. Se confunde el registro de la jornada con una especie de control presencial en el centro de trabajo.


Además, el registro de jornada tiene que ser un acicate para regular el teletrabajo o nuevas fórmulas de desconexión digital, que hay que incorporar a la negociación colectiva. CCOO va a seguir apostando por la implantación de los sistemas de registro, porque queremos influir desde la empresa en cómo articular los tiempos de trabajo, los turnos y racionalizar los horarios de trabajo. También pediremos redoblar esfuerzos a la Inspección de Trabajo para un mayor control y que esta norma se cumpla de forma correcta, al tiempo que exigiremos un aumento de las sanciones.




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