Justos por pecadores

Carmen Tomás
11:00 • 10 jul. 2019

La Audiencia Nacional, en una sentencia hecha pública hace unos días, da la razón a las empresas. Considera que podrán descontar de las nóminas de sus trabajadores el tiempo que lleguen tarde a trabajar. Desde el pasado mes de mayo, es obligatorio instalar registros de control de horarios en todas las empresas grandes, pequeñas y medianas. De hecho, pueden ser sancionadas con multas las que no lo incorporen. Una medida que se ha tomado para evitar que los trabajadores hagan horas extra y la empresa no las pague.


La medida que ha sido acogida con recelo por algunos empresarios tiene también su contrapartida para los trabajadores. Muchos piensan que debía de seguir imperando la flexibilidad y el acuerdo entre empresario y trabajador. Cierto, que en España muchas empresas no pagaban las horas extra. Pero, siempre he pensado que para eso está la Inspección de Trabajo, las reclamaciones ante el organismo competente y que no parecía de este siglo que hubiera que fichar para corregir los excesos de unos pocos.


Hoy, se trabaja de muy distintas formas. No es necesario en muchos casos la presencia física en el puesto de trabajo. Los autónomos, con algún trabajador a cargo, son un claro ejemplo de ello. Pero hay muchos más. El trabajo a tiempo parcial desde casa y un largo etcétera. Sin embargo, se ha querido tratar a todos por el miso rasero, con la misma lupa sin distinciones. Y, ahora, viene la segunda parte del asunto. Muchos trabajadores que con la vista gorda del empresario llegaban tarde a trabajar por muy diversas razones, sin duda muchas ajenas a su voluntad, pueden ver que, gracias a la inflexibilidad de la medida adoptada por el gobierno de registrar los horarios, se pueden ver dañados, cuando antes no pasaba absolutamente nada por la confianza entre ambas partes.



Está claro que se han creado conflictos donde no los había. Si alguien se sentía "engañado" podía recurrir. Ahora, todos los trabajadores van a ser vigilados y si llegan tarde o se van a desayunar o a fumar un pitillo pueden ver cómo su nómina mengua. De hecho, la Audiencia Nacional señala que "no existe el derecho del trabajador a que su jornada sea redistribuida por retrasos injustificados". Vamos, que no se podrá compensar llegar tarde con salir más tarde, a no ser que el empresario quiera voluntariamente hacerlo.





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