Trágala

Juan Martínez Fernández
11:00 • 16 oct. 2019

En un juicio de los llamados mediáticos, en la Audiencia Provincial de Valencia, allá por los años ochenta, oí decir a Don Joaquín LLobell, uno de los fiscales más preclaros que he conocido que, por indicios, se puede acusar e incluso procesar pero nunca condenar. Obviamente, el buen jurista intentaba decir que un indicio es un hecho supuesto por quien tiene la capacidad de acusar o de condenar y que puede ser o no ser fundamento de una prueba, pero nunca una prueba. 


Nunca un juzgador puede suponer que lo que piensa un procesado es delito ni por supuesto atenuante, el pensamiento de una persona –un procesado lo es– está dentro de su libertad de pensamiento y jamás podrá ser usado en contra de su autonomía o libertad, igualmente, jamás podrá ser usado para su liberación o exoneración de condena. Lo que yo piense o lo que los demás piensen, se queda fuera del alcance de la Ley; o de lo contrario, se nos juzgaría por nuestras ideas; y eso, está en contra del derecho.


Pues bien, en la tan traída y llevada sentencia del Tribunal Supremo a los autores del Golpe de Estado perpetrado en Cataluña, se les ha exonerado del cargo de Rebelión porque, los magistrados de la Sala 2a del TS, estiman que en la intención de los golpistas no estaba el dar un golpe de Estado y atentar contra la Constitución, sino presionar para que se aceptara un referéndum que les otorgara la capacidad de decidir o autodeterminar su forma de estado. En primer lugar, nunca he comprendido –ni he visto tampoco – que en derecho se aplique una suposición del juzgador en la administración de la justicia.



¿Cómo han llegado sus SSa a tal convencimiento? El art. 472 del Código Penal dice: “Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes: 1o.- Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución (Que se nos explique a los neófitos, ¿Qué son “Las Leyes del Referéndum y de Transietoridad jurídica”? y; para mayor abundamiento ¿Qué es Proclamar la República de Cataluña en el Parlament? Porque no sé qué otra cosa pueda ser “La ley Fundacional de la República y de Transitoriedad”).


Sigamos: 2o.- “Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey ....” (Que se nos explique ¿Qué es solicitar la abolición de la monarquía? Cuando previamente, ha habido una Reprobación del Rey en el Parlament?.



Aún sigamos: 5o.- “Declarar la Independencia de una parte del territorio nacional”. Aquí, ni me molesto en pedir aclaración salvo que el TS estime que el Sr. Puigdemont y la Presidenta del Parlament, estaban proclamando los Juegos Florales en Cataluña cuando gritaron ¡Vixca la República de Catalunia!. 6o.- Sustituir, ../... impedirles o coartarles su libre ejercicio...” (Que se nos explique: ¿Qué es negar a la Guardia Civil y a la Policía Nacional el alojamiento en Hoteles o intentar expulsarles a pedradas y con manifestaciones de presión?) 7o.- “Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno” (Que se nos explique: ¿Qué hicieron los Mossos de Escuadra que incluso llevaron urnas y no impidieron la celebración del Referendum? Si, el Jefe superior de los Mossos está procesado será por algo, digo yo). Y aún más, si el Rey, hizo una comparecencia ejemplar en defensa de la unidad de España; ¿También estaba equivocado cuando dijo: “... es responsabilidad de los legítimos poderes del Estado asegurar el orden constitucional y el normal funcionamiento de las instituciones, la vigencia del Estado de Derecho y el autogobierno de Cataluña, basado en la Constitución?


Sinceramente, no entendemos nada los que creemos y confiamos en la acción del máximo Tribunal del Estado. De las siete condiciones que recoge el art. 472 del CP, se cumplen cinco; y eso ¿No es Rebelión? ¿Ni tan siquiera Conspiración para la Rebelión? ¿Ni tan siquiera en grado de tentativa? Las Sentencias que hay que acatar a la trágala, ni son justas, ni crean confianza. Hoy, estamos de luto los españoles que sentimos el Derecho dentro de nuestro corazón. Y lo peor, la España única que nació con los Reyes católicos y se ha forjado con la sangre de miles y miles de españoles, está herida de muerte y no sobrevivirá al siglo XXI. Por España, una oración; y a los demás, ¡Que Dios se lo demande!




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