Los principios y la inmunidad

Isaías Lafuente
07:00 • 20 dic. 2019

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que Oriol Junqueras tendría que haber sido reconocido como eurodiputado tras la proclamación oficial de los resultados electorales, momento desde el que, como parlamentario, goza ya de inmunidad. Y entienden por ello que el Tribunal Supremo debería haberle permitido tomar posesión de su acta y haber pedido después, en todo caso, la suspensión de esa inmunidad. Como siempre, la lentitud de las decisiones judiciales produce situaciones paradójicas. Porque su tajante resolución hace referencia a una situación ya superada, dado que Junqueras ya no está en situación de prisión provisional sino encarcelado tras una condena por sentencia firme.


No obstante, la sentencia es un duro varapalo a la actuación del Tribunal Supremo. Porque la decisión no se sustenta en ningún recoveco legal ni en una interpretación generosa de algún oscuro principio, sino en normas diáfanas que deberían ser conocidas por los magistrados de tan alto tribunal. Y siendo grave que no las conocieran, más grave sería que conociéndolas los obviaran. Otra cosa será qué consecuencias concretas tendrá en la situación de Junqueras una vez que ya ha sido condenado y no está en prisión provisional. Aunque desde su partido se reclama incluso la nulidad de todo el proceso penal, parece improbable que eso vaya a producirse.


Pero no sería serio pasar página sin, al menos, hacer una profunda reflexión sobre la actuación de nuestros tribunales en decisiones importantes que afectan a derechos fundamentales y que trascienden el ámbito nacional. Y quizás la Unión Europea, también nuestro país, debería plantearse ampliar las causas de inelegibilidad de los parlamentarios. Porque parece paradójico que quien está sometido a un proceso penal por, presuntamente, haber cometido delitos que vulneran las leyes pueda ser candidato a entrar en la institución que tiene que hacerlas. Si dignos jueces y militares, por ejemplo, no pueden por su condición concurrir a las elecciones por mandato constitucional resulta un contradiós que puedan hacerlo presuntos delincuentes.







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