El delito de quemar la bandera

Isaías Lafuente
00:50 • 17 dic. 2020 / actualizado a las 07:00 • 17 dic. 2020

El Tribunal Constitucional ha sentenciado que el mero hecho de incitar a quemar la bandera de España en una manifestación es un delito que no está amparado por la libertad de expresión. Lo hace en un fallo que niega el amparo a un sindicalista gallego que fue condenado por ultraje a los símbolos nacionales por haber pedido en una manifestación “prenderle fuego a la puta bandera” mientras era izada en el cuartel de la Armada en Ferrol (A Coruña).


Sólo conocemos el avance de la sentencia y habrá que leer sus fundamentos. Pero sorprende lo ajustado de la votación, seis votos contra cinco, y es llamativo que uno de los magistrados que ha votado en contra es el magistrado conservador Andrés Ollero, exdiputado del PP, ponente de un primer borrador rechazado que proponía absolver al sindicalista.


Esa sentencia propuesta por Ollero se basaba en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condenó a España por haber vulnerado los derechos fundamentales de dos manifestantes independentistas al condenarlos por quemar fotos del rey Juan Carlos en 2007. España tuvo que indemnizar a los injustamente condenados.



Veremos en qué acaba todo si es que el asunto llega hasta Estrasburgo. Pero la fractura en el Tribunal Constitucional evidencia que la frontera entre la libertad de expresión y el respeto a los símbolos no sólo es finísima, sino variable. No sólo enfrenta a tribunales, sino a magistrados dentro de un mismo tribunal que leen de manera distinta la ley penal y el marco constitucional.


Hace veinte años, Estados Unidos, uno de los países en los que el respeto a la bandera y al himno está más interiorizado en la ciudadanía, se enfrentó a este mismo debate. Y también en una ajustada votación, cinco votos contra cuatro, y sin que los votantes se dividieran en función de su ideología, sentenció que la primera enmienda de su Constitución ampara sin matices la libertad de expresión en todas sus formas, que la bandera debe proteger incluso a quienes no la acatan o, directamente, la atacan, y que, en consecuencia, nadie puede ser condenado por prender fuego a una enseña nacional.





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