La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha prorrogado la medida de prisión provisional, comunicada y sin fianza para Ana Julia Quezada por el crimen del pequeño Gabriel Cruz Ramírez. El auto judicial, consultado por LA VOZ DE ALMERÍA, está fechado el 22 de noviembre y amplía el internamiento preventivo de la acusada durante un “plazo máximo de 14 años, 31 meses y 15 días”.
La resolución cumple con el trámite legal y está supeditado a la confirmación de la sentencia dictada por la magistrada Alejandra Dodero el 30 de septiembre, es decir, se mantiene mientras el fallo se convierte en firme.
Ana Julia Quezada de 45 años de edad fue condenada a prisión permanente revisable por un delito de asesinato con alevosía, así como a otros ocho años y tres meses de cárcel por dos delitos de lesiones psíquicas y dos delitos de daños morales contra los padres del menor, Ángel Cruz y Patricia Ramírez.
Sin embargo, la sentencia aún no es firme. Las partes tienen en su mano dos posibilidades de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y el Tribunal Supremo (TS). Mientras se resuelven las apelaciones, la sala amplía la prisión provisional para Ana Julia Quezada para evitar que, en caso de que esta fase del proceso se dilate en el tiempo, pueda quedar en libertad.
El auto dictado por la Audiencia Provincial de Almería establece un plazo máximo para esta situación preventiva. La normativa indica que la ampliación tenga como límite la mitad de la condena dictada en primera instancia. Por ejemplo, en una condena de diez años, se prorrogaría la prisión provisional hasta un máximo de cinco años.
El cálculo
Sin embargo, el Caso Gabriel Cruz es peculiar, ya que se trata del segundo asunto en la provincia de Almería resuelto con una pena de prisión permanente revisable. ¿Cómo se dicta la mitad de una condena de cadena perpetua? La respuesta está precisamente en los plazos de revisión.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería toma como referencia los 25 años considerados como el primer momento para reconsiderar la prisión permanente. La primera cita contemplada en el adjetivo “revisable”. Por tanto, del cálculo de la prisión permanente y de los delitos de lesiones psíquicas y daños morales sale la cifra ofrecida por el auto de la prisión provisional para Ana Julia Quezada de 45 años de edad.
El proceso judicial del Caso Gabriel Cruz se encuentra actualmente en Granada. El TSJA debe resolver los dos recursos de apelación presentados por la defensa de Ana Julia Quezada, representada por los letrados Esteban Hernández Thiel y Beatriz Gámez, y la acusación particular de los padres, ejercida por Francisco Torres y Miguel Ángel Torres.
Ambas partes solicitan la repetición del juicio oral con jurado popular por un supuesto error de la juez Alejandra Dodero durante las instrucciones para la elaboración del veredicto. Aseguran la acusación y la defensa que la magistrada orientó a los nueve miembros del jurado hacia un veredicto de culpabilidad por un delito de asesinato con alevosía, como adelantó LA VOZ DE ALMERÍA el publicaciones del 30 de octubre y el 11 de noviembre.
La defensa cree que no se permitió una interpretación más 'suave' que evitara la prisión permanente revisable (por ejemplo, un homicidio) y la acusación cree que no se permitió una interpretación más 'dura' (por ejemplo, el asesinato con la agravante de ensañamiento).
La acusación particular busca apuntalar la condena de cara a un futuro recurso de la defensa en el Tribunal Supremo y, al mismo tiempo, provocar la mayor condena posible por si en el futuro se derogara la prisión permanente revisable. Gabriel Cruz Ramírez murió asfixiado el 27 de febrero de 2018 en una finca a las afueras de la pedanía nijareña de Rodalquilar. Tenía siete años.
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