El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Purchena decreta el archivo de las actuaciones por la muerte de un joven de 18 años en el centro de reforma juvenil ‘Tierras de Oria’ el pasado mes de julio.
La juez Teresa Inés Sánchez Gisbert considera que no existen indicios de delito en la actuación de los diez trabajadores investigados y ordena el sobreseimiento provisional de la causa, según un auto consultado por LA VOZ DE ALMERÍA.
Las diligencias se abrieron tras el fallecimiento el 1 de julio de 2019 del joven I. T. de 18 años de edad, con amplio historial delictivo. El muchacho había protagonizado un altercado en el centro y los trabajadores de ‘Tierras de Oria’ aplicaron medidas de contención mecánica.
I. T. sufrió una parada cardíaca y su familia inició acciones legales tras considerar criminal la colocación del muchacho boca abajo y atado.
Sin embargo, la instructora del caso archiva la denuncia con un auto que despeja las dudas sobre la intervención del personal del centro, gestionado por la entidad Ginso y dependiente de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía.
La resolución cita el informe del forense que dice que se produjo “una muerte violenta de tipo accidental” y que “no se habían detectado signos objetivos de uso de una fuerza extralimitada sobre el fallecido”.
El protocolo
El forense asegura que las investigaciones médicas actuales desconsejan sujetar a los menores en un estado de agitación boca abajo, “por suponer un mayor riesgo de muerte con respecto a la contención en otras posturas”. Ahora bien, los trabajadores de ‘Tierras de Oria’ se ciñeron a la aplicación del protocolo de intervención existente y aprobado por la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía.
En este sentido, subraya la ausencia de violencia y la muerte accidental del chico de 18 años. “Todas las medidas se llevaron a cabo en pleno cumplimiento de las directrices que, para su aplicación, mantenimiento y cese, se prevén en el protocolo de contención aludido, garantizando la integridad física del interno fallecido y cumpliendo su principal finalidad de impedir actos de violencia o lesiones del interno contra sí mismo”, indica el auto del Juzgado de Instrucción de Purchena.
“Dicho protocolo estaba vigente en el momento de los hechos” y la investigación se limitó “a verificar su correcta aplicación por parte de los investigados”, dice el auto judicial. “No resulta debidamente justificada la perpetración del delito que dio motivo a la formación de la causa, todo ello, sin perjuicio de las acciones civiles o contencioso administrativas que los familiares del fallecido estimen”, concluye la instructora.
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