La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reduce a la mitad la prisión para un varón identificado como S. y acusado de una agresión sexual en la localidad de Fiñana (Almería) en marzo de 2019.
El tribunal cambia una condena de seis años y medio de cárcel por una de tres años tras considerar que “el abuso sexual que llevó a cabo S., aisladamente considerado, no fue especialmente grave, debido probablemente a la defensa de la víctima, pues consistió en lanzarse sobre ella y tocarle la zona vaginal por encima de la ropa, mientras que la violencia desplegada en su contra (golpeándole la cara y el cuello haciéndola caer al suelo) le produjo lesiones leves que solo precisaron para sanar una asistencia facultativa, curando a los cinco días”.
La víctima era una niña de 15 años con un cociente intelectual “límite”. Fue asaltada a las 21.30 horas del 29 de marzo de 2019 en el municipio de Fiñana cuando caminaba por una avenida. Según los hechos probados, la joven preguntó al acusado por su novio y éste le hizo creer que lo sabía para acompañarla hasta una zona apartada.
“Una vez allí, golpeó a M. en la cara y el cuello, provocando que cayera al suelo, tras lo cual se echó sobre ella y, con el objetivo de satisfacer sus deseos libidinosos, le dijo que le iba a hacer el amor y le hizo tocamientos en la zona genital por encima de la ropa”, señala la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Almería.
La víctima se resistió a la agresión sexual y consiguió escapar. Presentaba algunas lesiones en la cara fruto de los golpes producidos en el ataque. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial condenó a S. a seis años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y a nueve años de libertad vigilada, además de una indemnización de 4.000 euros.
Sin embargo, el TSJA estima parcialmente el recurso de apelación y reduce la pena a tres años de prisión. El tribunal no ve razón para aplicar el tipo agravado y menciona la falta de justificación en la sentencia inicial. “No se describe en el relato de hechos probados de la sentencia apelada ninguna situación de especial vulnerabilidad”. Añade que la víctima “demostró con su reacción frente al ataque una gran capacidad de defensa”.
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