Las terrazas sobre tarima ya podrán estar funcionando a lo largo de todo el año. Lo pueden hacer después de que haya sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia la modificación de la ordenanza municipal que regula las terrazas y los veladores en la capital almeriense y que permite ampliar el tiempo en el que esta ocupación de la vía pública se permite a los establecimientos hosteleros que cuenten con los permisos reglamentarios.
Según explican desde la Gerencia de Urbanismo, el medio centenar de terrazas que desde el pasado uno de mayo regresaron a las zonas de aparcamiento aún no podrán estar durante todo el año ya que estas licencias se concedieron bajo la premisa de la anterior ordenanza y deberían ser levantadas el 31 de octubre. Para evitar que tengan que hacerlo, prevén en el Ayuntamiento de Almería que a lo largo del mes de octubre se pueda solicitar la adaptación del permiso concedido a la nueva norma y, en caso de cumplir con todos los requisitos, seguir con ellas montadas.
Hay un caso que sí que tiene que analizarse, el que combina terrazas en la acera y en aparcamiento según la temporada del año. Explican desde Urbanismo que una vez llegado octubre, el establecimiento tendrá que decidirse entre una u otra para todo el año. Ciertamente parece que todas las que se encuentran en esta situación abogarán por mantener las tarimas lo que permitirá, al menos, que haya una mejor movilidad en las aceras.
Requisitos
Cabe recordar que esta ampliación de los tiempos en los que pueden estar colocadas las tarimas fue una petición de la Asociación de Hosteleros de Almería (Ashal) siguiendo el modelo que ya estuvo funcionando durante la pandemia de coronavirus en la que se les permitió seguir instaladas como medida de gracia por la situación sanitaria.
Estas terrazas sobre tarima tienen que cumplir una serie de requisitos para la obtención de sus licencias. Así, se deben instalar sobre tarimas adosadas al bordillo de la acera y al mismo nivel, salvo que se trate de viales de tráfico compartido, en cuyo caso estas estarán prohibidas.
Deberá estar debidamente acotada con barandillas de protección peatonal y señalizadas, al objeto de la adecuada protección del tráfico rodado.
En el caso de calles con aparcamientos en línea, la longitud máxima de la terraza será de 15 metros y el ancho máximo vendrá determinado por el ancho de la franja de aparcamiento. Se debe garantizar que en los extremos de las calles siempre quede un espacio de aparcamiento con una longitud mínima de 5,50 metros.
En el caso de calles con aparcamientos en batería, la longitud máxima de la terraza será de 7,50 metros y el ancho máximo vendrá determinado por el ancho de la franja de aparcamiento. Se debe garantizar que en los extremos de las calles siempre quede un espacio de aparcamiento con un ancho mínimo de 3,60 metros.
Acceso
Además, tiene que quedar garantizado un acceso a la terraza, a cota cero y de al menos 90 centímetros de ancho, de forma que permita la aproximación frontal de una persona en silla de ruedas y que deberá mantenerse a lo largo de todo el itinerario interior de la terraza.
Consulte el artículo online actualizado en nuestra página web:
https://www.lavozdealmeria.com/noticia/12/almeria/256556/las-terrazas-sobre-tarima-tendran-que-pedir-en-octubre-su-renovacion