La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería por la que se condena a 14 años y tres meses de prisión efectiva (la pena máxima por tres, de un total de 22 años en condenas) y a millonarias multas e indemnizaciones al empresario Miguel Rifá Soler describe en su exposición de hechos probados el sistema de 'ingeniería' mercantil que utilizó el conocido promotor y hostelero -en su momento propietario, entre otros inmuebles, del Gran Hotel Almería- para eludir el pago de sus abultadísimas deudas con la Hacienda Pública. En esencia, el mecanismo que utilizaban Rifá y sus colaboradores estaba encaminado al vaciado patrimonial de las sociedades endeudadas mediante operaciones de transmisión de activos hacia otras mercantiles de su propio grupo en el marco de un enmarañado sistema societario con sedes en distintos países, y en paraísos fiscales.
De acuerdo con el fallo judicial, del que ha sido ponente el magistrado Luis Durbán, el plan se estructuraba en dos fases, y en algún caso con otra fase intermedia. En una primera fase, las sociedades de Rifá que tenían deudas con Hacienda aportaban los bienes a otras sociedades del grupo a cambio de participaciones que estas segundas emitían como ampliación de capital. En una segunda fase, las sociedades deudoras vendían esas participaciones a terceras sociedades, siempre del mismo grupo, recibiendo en contraprestación pagarés no a la orden con vencimiento a muy largo plazo y sin garantías, que en la mayor parte de los casos quedaban incobrados.
Absoluta opacidad
De forma simultánea -señala también la sentencia-, y con la finalidad de distraer a la Agencia Tributaria y de retrasar la fase ejecutiva, las sociedades deudoras ralizaban sucesivas solicitudes de aplazamiento, ofreciendo a menudo en garantía bienes sobrevalorados. Con ello se conseguía que las mercantiles a las que Hacienda reclamaba el pago de deudas millonarias quedaran sin bienes con los que hacer frente al pago.
El funcionamiento estaba basado en la opacidad. Así, los inmuebles propiedad de las sociedades con deudas "han pasado a otras sociedades del mismo grupo cuyos propietarios formales son sociedades portuguesas, a su vez propiedad de una sociedad británica, a su vez propiedad de sociedades domiciliadas en el paraíso fiscal de las Islas Vírgenes Británicas que, a su vez, pertenecen al acusado Miguel Rifá Soler". En cuanto a los pagarés, "nunca llegan a hacerse efectivos porque se emitieron sin intención real de que sirvieran como instrumento de pago". El fraude, además, ha ido en aumento con el tiempo puesto que "las referidas sociedades despliegan diversos mecanismos defraudatorios que acaban aumentando la deuda con la AEAT", señala el fallo judicial.
La sentencia detalla un total de siete operaciones de transmisión de activos, entre los que se encuentran hoteles, fincas rústicas, solares urbanos, un edificio de oficinas y acciones. En la primera de esas operaciones se derivaron trece hoteles
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