Absuelto del cargo de traficar en prisión

La defensa alega que la cantidad de droga encontrada era adecuada para el autoconsumo

La defensa de Lorena Motogna impidió una condena de seis años y nueve meses.
La defensa de Lorena Motogna impidió una condena de seis años y nueve meses. Víctor Navarro
Víctor Navarro
21:32 • 01 dic. 2023

Enrique G. S. se encontraba en la recta final de una pena que estaba cumpliendo en el Centro Penitenciario de El Acebuche de Almería, la cual ya había llegado a la fase de tercer grado, cuando después de un cacheo al salir éste a tirar la basura, fue sorprendido con una bolsita de 20 pastillas, otra con tres cápsulas con polvo y un envoltorio de papel de plata, además de una bolsita con una sustancia con apariencia de marihuana  y otra con hachís.



Después de la incautación de los narcóticos, Enrique fue acusado realizar tráfico de drogas dentro del centro penitenciario, y se le solicitó una pena de 6 años y 9 meses de prisión. Un episodio que daría al traste con sus anhelos de libertad.



A través de la mediación de otro recluso, el acusado entró en contacto con la letrada Lorena Motogna, miembro del bufete ‘CFM Abogados’ de Almería, la cual se haría cargo de la defensa de Enrique, consiguiendo para él la absolución del delito contra la salud pública que se le imputaba.



La cantidad Después de realizar un estudio de su cliente, que sufre de toxicomanía, Motogna, estructuró una defensa en base al análisis de la cantidad de dosis que pueden consumirse y cuantas pueden llegar a venderse.



El cliente de esta abogada se encontraba ante una situación con una difícil resolución al estar hablado de venta de drogas duras dentro de un centro penitenciario. “Nos parecía mucha pena”, explica Motogna, ante un caso que supuestamente en poco tiempo quedaría en libertad.



Con la jurisprudencia y pruebas presentadas por Motogna, la abogada arrojó luz ante el tribunal, sobre la imposibilidad de que la cantidad de drogas encontradas a Enrique fueran para venta a terceros, y sí destinada al autoconsumo.



La Sección 3ª de la Audiencia Provincial, considerando las demandas de la defensa de Enrique G.S. en relación a la “escasísima cantidad de droga” incautada, y atendiendo a la condición de toxicómano del acusado que, al estar privado de libertad, tendría “dificultades para conseguir la droga”, discernió que la droga encontrada podría “estar destinada al autoconsumo”, y ordenó la absolución de Enrique G.S. del cargo de delito contra la salud pública que se le imputaba.




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