Vía libre para pedir permiso en los 12 espacios ‘legales’ para el arte callejero

Los artistas tendrán autorización de máximo tres meses presentando una declaración responsable

Actores haciendo su actuación en plena calle
Actores haciendo su actuación en plena calle Europa Press
Lola González
19:17 • 02 jul. 2024 / actualizado a las 10:07 • 03 jul. 2024

El Ayuntamiento de Almería ya tiene publicadas las bases que regirán el poder convertirse en ‘artista urbano’ en las calles de la capital. Unas bases que, después de un primer paso más complejo, se cierran con acuerdo con la plataforma de artistas urbanos “tras dos reuniones de trabajo” y con el objetivo de “regular la actividad pero arropando al tejido musical y cultural”, según el concejal de Cultura, Diego Cruz.



Y es que, según el edil, “esta normativa que ha optado por la declaración responsable en vez del pago de una tasa de ocupación de vía pública” convierte al Consistorio en “pionero” en esta forma de regular el arte en la calle. Otras ciudades sí que “cobran por la realización de la actividad” pero entiende Cruz que no era la situación que buscaba el Ayuntamiento.



Entonces, ¿qué tendrá que hacer un artista urbano para poder tocar en la ciudad? En primer lugar tiene que conseguir una autorización de ocupación de vía pública que será “personal e intransferible y deberá disponer de ella en todo momento, con la finalidad de mostrarla en el supuesto de ser requerida por la autoridad municipal”. Eso sí, los titulares de las autorizaciones pueden ser individuales o grupos.



Categorías
Ocho son las categorías que se han establecido: músico solista; formación musical; artista individual arte dramático, marionetas, estatua humana, mimos y artistas plásticos; formación grupal con las características anteriores; artista individual de danza y baile; formación grupal de danza y baile; artista individual de malabares; y formación grupal de malabares.



Si entras en alguna de estas categorías, el siguiente paso es presentar a través de Registro Electrónico General del Ayuntamiento o en el Registro físico, con el impreso de solicitud completo y firmado, el DNI del solicitante, descripción de la actividad que va a realizar con expresa referencia, en su caso, a los elementos sonoros utilizados y a los elementos que vaya a utilizar.



A esto tiene que añadir una declaración responsable que debe mostrar el compromiso de respeto al entorno así como el respeto a la normativa acústica.



Las autorizaciones tendrán una vigencia de tres meses, como máximo, pudiendo ser revocadas o modificadas por “causas justificadas”.



Los sitios
Fundamental es saber los sitios elegidos para poder actuar. Son doce espacios y no en todos se podrán desarrollar todas las actividades artísticas.


En Puerta de Purchena solamente podrán desarrollarse actuaciones de artistas individuales salvo teatro, marionetas, estatuas humanas o mimos. Esta misma categoría tiene la Plaza de San Sebastián.


Solamente individuales podrá acoger el Mercado Central, la calle Reyes Católicos, Plaza Juan Cassinello y Plaza Marqués de Heredia.


Cualquiera de las ocho expresiones artísticas contempladas dentro de estas bases se podrán practicar en la Plaza de las Velas, Avenida Federico García Lorca, Paseo Marítimo y Plaza Pablo Cazard.


En el caso de la Plaza Virgen del Mar y el Paseo de Almería está todo permitido salvo las formaciones musicales.


A pesar de este reparto, sí que se recoge en las bases que las localizaciones “podrán ser modificadas en función de su idoneidad o de los inconvenientes que puedan surgir, pudiendo valorarse otros espacio”.


No aparece un horario establecido como tal, pero sí que recoge que “se llevarán a cabo siempre que no se entorpezca el horario de descanso de los vecinos” y sobre todo, tiene que cumplir con la normativa de ruido. Además, no podrán colocar instalaciones para el suministro de energía eléctrica.


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