El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería acogerá esta semana el juicio contra José González, exalcalde de Partaloa, y los concejales de su equipo de gobierno Enrique Montalvo, Antonio Peñuela y Federico Molina, por prevaricación ante el cese del exsecretario-interventor municipal en agosto de 2011.
Juicio, que tendrá lugar este martes, en el que la Fiscalía solicitará ocho años y seis meses de inhabilitación para los acusados de propiciar el cese “a sabiendas” de que el acuerdo que estaban adoptando “no se ajustaba a la legislación vigente” e incurrir, por tanto, en un presunto delito de prevaricación.
Por su parte, el exinterventor que ejerce la acusación particular en la causa solicita penas individuales de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, así como una indemnización de 2.399,99 euros en concepto de nóminas.
Los hechos
Según indica la acusación, el perjudicado fue nombrado vicesecretario del municipio de Huércal de Almería el 3 de noviembre de 2011, lo que hizo que quedará “extinguida” su acumulación en Partaloa y que quedaran por devengar las nóminas de septiembre y octubre, así como la parte proporcional de la paga extra; lo que suma la cantidad que solicita a los acusados como responsables civiles.
Al relatar los hechos, coincide con el Ministerio Público al considerar que los cuatro, desde sus cargos por entonces de regidor, concejal de Obras y Agua, edil de Hacienda y Personal, y concejal de Cultura y Fiestas, respectivamente, incurrieron en un presunto delito de prevaricación de funcionario público.
Así, detalla que elaboraron el 24 de agosto de 2011 un acuerdo en virtud del cual “rescindían la relación de servicios que hasta la fecha prestaba para el Ayuntamiento de Partaloa este secretario-interventor”, lo que le fue notificado al afectado el 29 de agosto, “dejando en consecuencia, desde ese momento, de ejercer de forma efectiva sus funciones”.
En este punto, la Fiscalía remarca que lo hicieron “con total conocimiento y a sabiendas de que la falta de actuación conforme a la legislación vigente”, y hace alusión a que Callejón ejercía desde el 11 de abril de 2011 las funciones “en régimen de acumulación, habiendo sido nombrado por la Dirección General de Administración Local”.
No se ajusta
Para el Ministerio Público y acusación particular, el documento creado por González, Montalvo, Peñuela y Molina, “no se ajusta a la legislación vigente”, pues, “sin previo expediente administrativo o informe técnico, se redacto sin basarse en precepto legal alguno”. Además, el escrito de acusación indica que el alcalde dictó una resolución, a fecha 1 de septiembre, que desarrollaba el acuerdo anterior y resolvía “proceder a la baja, revocación del funcionario”.
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