Marta Rubí
13:10 • 15 ene. 2012
El vicario general de la Diócesis de Almería, Tomás Cano, insistió ayer en que el Obispado no se pronunciaría sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía hasta no conocer bien su contenido. La noticia del fallo que obliga a readmitir en su puesto de trabajo a la profesora de Religión Resurrección Galera pilló a Cano “por sorpresa” e insistió en que no se ha tomado ninguna decisión sobre las medidas que se tomarán a la espera de poder “estudiar la sentencia” sobre la que en principio no cabe recurso pero sobre la que sí se mostró dudoso de que “se pueda obligar” al Obispado a contratar a la profesora de la que se prescindió hace once años, tras haberse casado con un divorciado.
La sentencia no habla de “despido nulo” ya que no existía entonces “una relación laboral”, una de las defensas esgrimidas por el Obispado. Pero sí acata el TSJA el fallo previo del Tribunal Constitucional dictado el pasado mayo que considera que existió una vulneración de la intimidad de Galera. El Obispo de Almería, Adolfo González Montes, calificó entonces la resolución del TC como “de todo punto absurda” y se mostró convencido de que “no se puede imponer a la Diócesis que cuente para la Enseñanza de Religión con personas que ideológicamente están en contra del dogma cristiano”.
En este sentido, el tribunal con sede en Granada insiste en que el hecho de que la demandante hubiese contraído matrimonio civil aparece “por completo desvinculada de su actividad docente” pues “no se le imputa que en sus enseñanzas como profesora de religión haya incurrido en la más mínima desviación de los contenidos de tales enseñanzas establecidas por la Iglesia católica” y mantiene que la “falta de coherencia con la doctrina católica sobre el matrimonio” de la que le acusa el Obispado lo es en relación con una decisión tomada “en el legítimo ejercicio de su derecho a contraer matrimonio”.
La sentencia no habla de “despido nulo” ya que no existía entonces “una relación laboral”, una de las defensas esgrimidas por el Obispado. Pero sí acata el TSJA el fallo previo del Tribunal Constitucional dictado el pasado mayo que considera que existió una vulneración de la intimidad de Galera. El Obispo de Almería, Adolfo González Montes, calificó entonces la resolución del TC como “de todo punto absurda” y se mostró convencido de que “no se puede imponer a la Diócesis que cuente para la Enseñanza de Religión con personas que ideológicamente están en contra del dogma cristiano”.
En este sentido, el tribunal con sede en Granada insiste en que el hecho de que la demandante hubiese contraído matrimonio civil aparece “por completo desvinculada de su actividad docente” pues “no se le imputa que en sus enseñanzas como profesora de religión haya incurrido en la más mínima desviación de los contenidos de tales enseñanzas establecidas por la Iglesia católica” y mantiene que la “falta de coherencia con la doctrina católica sobre el matrimonio” de la que le acusa el Obispado lo es en relación con una decisión tomada “en el legítimo ejercicio de su derecho a contraer matrimonio”.
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