Javier Pajarón
19:53 • 21 mar. 2012
Hace tres meses, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró firme la sentencia que obliga a readmitir a Resurrección Galera, profesora de religión despedida por el Obispado de Almería en 2001 por casarse por lo civil con un hombre divorciado. El fallo era claro: devolverla a las clases y pagarle once años de salarios atrasados. Sin embargo, la ejecución de la sentencia se eterniza en los tribunales y todo son problemas para las partes implicadas.
Ayer, el Juzgado de lo Social número Tres de Almería convocó un encuentro para clarificar la resolución del caso. En la práctica, la cita sirvió para poco. La ausencia del Ministerio Fiscal obligó a aplazar la toma de decisiones hasta el próximo 11 de abril, un mes más sumado a una década de litigio, y las partes presentan diversas dificultades para acatar la ejecución. ¿Cuáles son los principales escollos?
En primer lugar, la Conferencia Episcopal habría presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) al considerar que la sentencia vulnera el derecho a la libertad religiosa; es decir, que no pueden obligar a la Iglesia a incorporar a una persona contraria a los ideales católicos. Una respuesta favorable parece complicada, ya que fue precisamente el TC quien amparó a Galera en este caso. Amalia Robles, abogada de Comisiones Obreras que asiste a la maestra, confirma que el Obispado presentó esta semana un escrito al juzgado pidiendo el aplazamiento de la vista de ayer.
Sueldos
En segundo lugar, el Ministerio de Educación quiere pagar sólo uno de los once años de salario que vienen explícitamente recogidos en la sentencia del TSJA. El Abogado del Estado presentó ayer sus alegaciones. Estima que la mujer tenía un contrato temporal que renovaba año a año con la propuesta del Obispado y, por tanto, habría que pagar un curso y no once. Este es un elemento importante para la ejecución de la sentencia puesto que es el Estado quien paga a los profesores de Religión en Primaria, aunque los contrata la Junta de Andalucía y los elige la Diócesis en virtud de los convenios de España con el Vaticano.
Finalmente, en tercer lugar, la Junta de Andalucía (Delegación de Educación) plantea una dificultad práctica, la de encontrar plaza a Resurrección Galera en un centro educativo en estos momentos. Con el curso muy avanzado, la readmisión inmediata supondría algunos problemas organizativos. El próximo 11 de abril se espera una nueva vista en la Ciudad de la Justicia de Almería.
En primer lugar, la Conferencia Episcopal habría presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) al considerar que la sentencia vulnera el derecho a la libertad religiosa; es decir, que no pueden obligar a la Iglesia a incorporar a una persona contraria a los ideales católicos. Una respuesta favorable parece complicada, ya que fue precisamente el TC quien amparó a Galera en este caso. Amalia Robles, abogada de Comisiones Obreras que asiste a la maestra, confirma que el Obispado presentó esta semana un escrito al juzgado pidiendo el aplazamiento de la vista de ayer.
Sueldos
En segundo lugar, el Ministerio de Educación quiere pagar sólo uno de los once años de salario que vienen explícitamente recogidos en la sentencia del TSJA. El Abogado del Estado presentó ayer sus alegaciones. Estima que la mujer tenía un contrato temporal que renovaba año a año con la propuesta del Obispado y, por tanto, habría que pagar un curso y no once. Este es un elemento importante para la ejecución de la sentencia puesto que es el Estado quien paga a los profesores de Religión en Primaria, aunque los contrata la Junta de Andalucía y los elige la Diócesis en virtud de los convenios de España con el Vaticano.
Finalmente, en tercer lugar, la Junta de Andalucía (Delegación de Educación) plantea una dificultad práctica, la de encontrar plaza a Resurrección Galera en un centro educativo en estos momentos. Con el curso muy avanzado, la readmisión inmediata supondría algunos problemas organizativos. El próximo 11 de abril se espera una nueva vista en la Ciudad de la Justicia de Almería.
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