Un vecino de Cuevas del Almanzora, ha visto reconocido su derecho al
cobro del complemento por maternidad y percibirá las cantidades
devengadas desde febrero de 2020, suponiéndole un abono de cerca de
12.000 euros por los efectos retroactivos.
El cliente,
perteneciente al régimen general de la Seguridad Social, accedió a
su pensión en febrero de 2020, al cumplir los 65 años, y tuvo
cuatro hijos por lo que le correspondía un incremento del 15% de su
pensión, por lo que su pensión se verá incrementada en más de 300
euros por paga, lo que supondrá unos 4.300 euros más por año.
Además, la
resolución ha reconocido el complemento por maternidad desde la
fecha de jubilación, en consecuencia cobrará casi 12.000 euros de
atrasos devengados.
El procedimiento ha
sido dirigido por Tertium Abogados, que tras las sucesivas
desestimaciones en vía administrativa se vio obligado a iniciar la
vía judicial contra la actuación de la Dirección Provincial del
INSS y la Tesorería General de Almería, quien finalmente ha
reconocido lo solicitado en la demanda formulada por el despacho.
Desde la firma recuerdan que aquellos varones que han accedido a una pensión de jubilación (ordinaria o forzosa), incapacidad permanente o viudedad, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, que tengan dos o más hijos podrán reclamar el complemento de maternidad, suponiéndoles un incremento de la pensión de: +5% si tienen dos hijos; +10% si tienen tres hijos;o +15% si tienen cuatro o más hijos.
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