Ubicado en uno de los entornos más populares del Parque Natural Cabo de Gata Níjar, el Castillo de San Pedro sigue viendo pasar atardeceres de ensueño, sobre la cala con la que comparte nombre, mientras su estructura languidece año tras año. La reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería ha dado la razón a su dueño, Daniel Navarro, que no estaría obligado a ejecutar ni a sufragar las obras de emergencia que la Junta de Andalucía le ordenó hacer en 2014 ante el claro estado de deterioro de este histórico inmueble.
Desde que se produjese el primer gran derrumbe en 2004, no se ha avanzado nada en relación a la rehabilitación de esta construcción que fue declarada Bien de Interés Cultural (BIC) en 1985. A lo largo de las últimas dos décadas, los elementos estructurales han sufrido numerosos daños, poniendo en peligro su estabilidad y, por consiguiente, la integridad física de los miles de visitantes que pasan por la cala sobre todo en el período estival, en el que numerosas personas pernoctan con tiendas de campaña a pocos metros del lugar en el que se encuentra esta fortaleza levantada en el siglo XVI, que consta de una torre y una edificación rectangular.
Sentencia
Según recoge la sentencia, del 12 de mayo, pese a que la Junta cuantificó la intervención en 96.980,24 euros, el coste real de las obras asciende a 251.326,87 euros, lo que excede el mínimo legal del 50% al que está obligado el propietario por ley, cuestionando además la magistrada el informe de la Consejería de Cultura “por vago y genérico”.
“Resulta llamativo y sumamente impreciso pues, si se ordena obras prioritarias debe hacerse en un coste que no supere el 50 por ciento de valor del bien, por lo que el cálculo del coste de las obras debe ser lo más preciso y exacto posible, y no lo vago y genérico que se aprecia del informe del técnico de la Junta, donde ni siquiera se incluye algo básico como la retirada de residuos y su llevanza al vertedero”, subraya la magistrada.
Cabe recordar que, en 2018, la Delegación de Cultura, Turismo y Deporte hizo saber a los propietarios del castillo que disponían de un plazo de cinco meses para iniciar las obras de conservación del inmueble, estipuladas como prioritarias en la resolución del 3 de abril de 2014. Esto ha sido revocado ahora en vía judicial, aunque según uno de los propietarios, el no ejecutar dichas obras le han supuesto la imposición de una decena de multas coercitivas por valor de 95.000 euros.
Aunque no se pronuncia específicamente sobre si corresponde a la Junta de Andalucía llevar a cabo las obras de consolidación y de seguridad en el castillo, la magistrada incide en la “dejadez” de la Consejería de Cultura “en su deber legal de vigilancia de este tipo de bienes, ya que no adoptó medida alguna durante estos años”, al igual que hace hincapié en que el propietario debería haber hecho algunas obras necesarias para conservarlo en buen estado, pese a que se reconoce que “los escasos años en que ostentó la propiedad hayan sido determinantes de su estado actual”.
Inactividad
La “desidia” de ambas partes durante años han provocado que no se hayan llevado a cabo todavía ni la consolidación de la estructura, que se quedó prácticamente sin cimientos, ni la restitución parcial de las partes que ya se han derrumbado. En este sentido, el propietario de la finca en la que se encuentra el castillo solicitó en 2004 al Ayuntamiento de Níjar licencia para apuntalar y afianzar la fortificación, permiso que le fue denegado ya que, para cualquier obra, exigía un proyecto completo de conservación que Navarro hizo llegar en 2012 a Cultura.
La competencia de conservación de este BIC, que sigue cayéndose piedra a piedra a la espera de ser rehabilitado, es de la Junta de Andalucía según sentenciaba en 2019 el mismo Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería que ahora da la razón al propietario del Castillo de San Pedro.
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