El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a los
exalcaldes de Cantoria Pedro Llamas y Gaspar Masegosa por un delito
de prevaricación después de que ambos reconocieran una subida
deliberada de salario para tres trabajadores del Ayuntamiento que se
mantuvo durante el mandato de ambos, entre 2012 y 2015, pese a los
reparos emitidos por el secretario-interventor del Consistorio al
respecto.
Fuentes del TSJA ha confirmado a Europa Press la
firmeza del fallo dictado en sala tras el reconocimiento de los
hechos por parte de los acusados, quienes de conformidad han
aceptado, en el caso de Pedro Llamas, dos años de prisión y otros
diez de inhabilitación para empleo o cargo público, así como tres
años de suspensión de empleo y sueldo y una multa de cuatro meses a
razón de 12 euros diarios. Masegosa, por su parte, ha sido
inhabilitado para nueve años.
Los exregidores
´populares´, ambos con varias condenas anteriores por prevaricación
administrativa y contra la ordenación del territorio, han asumido
así la acusación efectuada por el Ministerio Fiscal, que en su
escrito de acusación detalla la resolución emitida por Llamas el 30
de marzo de 2012 "sin sujeción a tramitación alguna" para
incrementar los sueldos de tres empleados.
En concreto,
con su "arbitraria" decisión elevó en 400 euros líquidos
la nómina de uno de ellos y en otros 150 euros la de otros dos
empleados "desoyendo las advertencias del
secretario-interventor", que mediante un informe declaró "nula"
dicha subida salarial por vulnerar el Real Decreto-Ley de medidas
urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la
corrección del déficit público, que impedía el incremento de las
retribuciones del personal.
Los acusados mantuvieron las
nóminas de los trabajadores pese a los reparos por "ilegalidad"
a todas las retribuciones formuladas por la intervención del
Ayuntamiento. El empleado al que más aumentaron su retribución
mantuvo dicha subida durante más de tres años.
Casi 300.000 euros para una empresa
De otro lado, a Llamas
también se achaca la firma de un contrato en febrero de 2011 con una
empresa que aún no estaba constituida legalmente para la prestación
de servicios de competencia municipal "siendo plenamente
conocedor de la ilegalidad de su proceder", a la que además se
pagaron facturas sin fiscalizar.
El secretario-interventor
emitió 52 reparos a las órdenes de pago emitidas por los acusados
que, entre 2011 y 2014, sumaron 294.887 euros que se entregaron "sin
control o fiscalización alguna por parte de la corporación
local".
El contrato recogía que el Ayuntamiento de
Cantoria abonaría la cantidad de 3.000 euros para la constitución
de la empresa en concepto de ´Aportación para creación empresa
discapacidad´. Un mes después, dictó una orden de Alcaldía para
abonar a la empresa 3.000 euros "sin justificación alguna, con
fines ajenos a la función pública y en beneficio único de los
socios de la citada mercantil" de cara a dicha constitución.
La
actuación volvió a ser objeto de reparo por parte del
secretario-interventor al entender que la resolución era "nula
de pleno derecho" ya que no existía ni consignación ni partida
presupuestaria para ello, toda vez que el Ayuntamiento adolecía de
liquidez, "tratándose además de una empresa privada ajena al
sector público".
Tras la constitución de la empresa
con dinero municipal, el exalcalde abonó "de forma sistemática
y con pleno conocimiento de la arbitrariedad e ilegalidad de su
proceder" durante todo su mandato diversas facturas a la empresa
sin que se detallara de forma concreta los servicios prestados. Por
su parte, Masegosa continuó durante su mandato, hasta junio de 2015,
con los pagos a la empresa de las facturas que emitía, sin detalle y
sin fiscalización previa sobre su abono por parte de la entidad
pública.
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