El Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 8 ha
decidido elevar a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la
Audiencia Nacional el recurso impulsado por Ecologistas en Acción
para atajar la limpieza de la tierra contaminada con americio y
plutonio en Palomares a fin de que decida si ordena y da
plazo, en caso de ser su competencia, al Ministerio de Transición
Ecológica (Miteco) la ejecución del plan de rehabilitación en la
zona.
El órgano, que ha declarado su falta de competencia
objetiva para el asunto, finalmente da la razón de la Fiscalía, que
defendía que era la Audiencia Nacional la competente para resolver
el recurso frente a la postura de la Abogacía del Estado, que
otorgaba la competencia al Tribunal Superior de Justicia de Madrid
(TJSM).
En su auto, consultado por Europa Press, el
tribunal comparte el criterio del Ministerio Público, para el que es
la Secretaría de Estado de Energía del ministerio la encargada de
"desarrollar" la remediación del suelo radiactivo de
Palomares con el almacenamiento temporal de 6.000 metros cúbicos de
residuos.
En este sentido, el magistrado Celestino Salgado
señala un artículo de la ley sobre energía nuclear incluido en el
Real Decreto por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del
Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales
de la guerra en Ucrania, que establece que el Miteco, a través de la
Secretaría de Estado de Energía y previo informe del Consejo de
Seguridad Nuclear, podrá declarar un suelo o terreno como
contaminado radiológicamente.
"Siendo objeto de
recurso la desestimación por silencio administrativo de una
solicitud sobre materia cuya resolución compete a un Secretario de
Estado, la competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso
Administrativo de la Audiencia Nacional", determina el
magistrado-juez.
El órgano solicitó al Ministerio la
remisión del expediente administrativo sobre la limpieza de los
suelos contaminados en varias ocasiones para decidir sobre esta
cuestión de competencia, llegando incluso a apercibir con una
sanción a la autoridad o al funcionario responsable en caso de no
hacerlo.
El colectivo conservacionista tomó la iniciativa
el pasado febrero, cuando se cumplían 58 años desde que cuatro
bombas termonucleares cayeron accidentalmente sobre esta pedanía
tras colisionar en el aire dos aeronaves de las Fuerzas Áreas de
EEUU y ante la evidencia "de que todo sigue igual".
La
decisión de elevar a los tribunales la situación de "inacción"
que se prolonga en el tiempo está motivada por el "silencio"
por parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
a los requerimientos de Ecologistas en Acción para que "fije
plazo" para "llevar a efecto" el Plan de
Rehabilitación de la zona que el Gobierno ha sostenido, desde
siempre, debe ejecutar la administración estadounidense.
Es
la segunda vez que se recurre a la Audiencia Nacional (AN) para que
obligue a fijar plazo para ejecutar la limpieza y ordene que, a la
espera de encontrar un almacenamiento definitivo del material
radiactivo, se depositen temporalmente los aproximadamente 6.000
metros cúbicos de residuos obtenidos tras el tratamiento de los
50.000 metros cúbicos de tierra previstos por el Ciemat y el Consejo
de Seguridad Nuclear (CSN).
La primera vez, la justicia
sentenció en 2019 que el CSN "no tenía competencias" para
ejecutar los pedimentos de la organización ecologista, aunque no
señaló qué órgano debía hacerlo.
En el marco de su
nueva ofensiva, Ecologistas en ha presentado demanda ante el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra España por la "falta
de solución" a la "emergencia radiológica" que se
vive en Palomares desde 1958 y la "inacción" de los
"sucesivos gobiernos" para "terminar" con una
"situación tan prolongada" en el tiempo, que se ha puesto
"en riesgo la vida de las personas".
El
colectivo señala que los habitantes de Palomares han sido
"sometidos" a "experimentos científicos sin su
consentimiento" y afirma que se "ha permitido que
ingirieran e inhalasen partículas radiactivas" con el "objeto
de investigar" las consecuencias del "plutonio en la salud"
hasta el "año 2009", en el marco del proyecto ´Índalo´
acordado entre España y EEUU, lo que califica como "trato
degradante".
"La contaminación radiactiva en
Palomares es un caso único en la historia de España aún está
pendiente de resolver y ningún gobierno español adoptó medida
paliativa alguna, siendo la única el vallado de gran parte de la
zona afectada que culminó en 2011 aunque a fecha de hoy siguen
existiendo terrenos contaminados fuera del vallado por donde
transitan personas y ganado libremente", indica.
La
demanda solicita al TEDH que entre en el "fondo del problema"
que se da en Palomares, reconociendo este extremo, y le pide también
que revoque la sentencia de la Audiencia Nacional, confirmada por el
Tribunal Supremo (TS) de noviembre de 2022, que consideró que el
Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no era el competente para ejecutar
la limpieza de la radiactividad en la zona, pero no determinó qué
organismo era el responsable.
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