Playas de pago en Cabo de Gata: horario y cuánto vale entrar

El objetivo es preservar el valor ecológico, geológico y paisajístico

Vehículos en una playa de Cabo de Gata, en una imagen de archivo.
Vehículos en una playa de Cabo de Gata, en una imagen de archivo. La Voz
M. R. Cárdenas
20:02 • 21 jun. 2024

Con la llegada del verano, la masificación llega a un gran número de playas de la provincia de Almería, especialmente las situadas en un enclave natural único como es el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar. Para conservar las mismas, por décimo año consecutivo, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía en Almería ha puesto de nuevo en marcha las restricciones para el acceso en coche particular a estos espacios naturales.



De este modo, desde este viernes, 21 de junio, y hasta el próximo 22 de septiembre, acceder a determinadas playas no se podrá realizar libremente y habrá que pagar para ello y, además, contar con que haya espacio para dejar el vehículo, pues las plazas son limitadas. Todo, con el objetivo de preservar el valor ecológico, geológico y paisajístico de uno de los enclaves más privilegiados de la franja litoral mediterránea.



Las playas que cuentan con esta limitación son las situadas a poniente de la localidad de San José y que se encuentran entre los Genoveses y Cala Carbón, es decir, Barronal, Mónsul, Media Luna, así como Cala Carbón y Genoveses, para cuyo acceso habrá que pagar 6 euros y que cuentan con un total de 399 plazas. Asimismo, cabe destacar que cuentan con unas barreras para la entrada de los vehículos, con un horario de apertura oscila entre las 8:00 y 8:30 horas hasta las 19:00 o 20:00 horas, con aparcamientos cerrados en los días centrales del verano, desde mitad de julio a mitad de septiembre, entre las 11:00 y las 14:00 horas y de 16,30 a 18:30 horas.



Más restricciones



Asimismo, recoge Europa Press, también se restringe durante el mismo periodo la actividad recreativa de piraguas, kayaks y similares artefactos sin motor, a un número máximo de cinco que, sin necesidad de autorización expresa, se agrupen en zonas del litoral del Parque Natural.



La actividad recreativa, sin ánimo de lucro, llevada a cabo por la agrupación de un mayor número de artefactos requerirá autorización expresa de la Delegación Territorial de Sostenbilidad a fin de preservar el ecosistema litoral y el uso del dominio público marítimo-terrestre. No obstante, se dispensa tal situación cuando se trate de una actuación que tenga como objetivo preservar la vida humana en la mar.





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