El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de
Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a abonar 58.651,84
euros más intereses a un paciente al que en marzo de 2019 provocó quemaduras en
escroto y ambas caras de los muslos durante una intervención quirúrgica en el
Hospital La Inmaculada, en Huércal-Overa.
La sentencia, consultada por Europa Press y declarada en
firme tras estimar parcialmente la demanda, señala el daño
"desproporcionado" derivado de una "negligencia" que sufrió
el paciente, que en el momento de la intervención contaba con 15 años de edad,
al ser sometido a una operación tras ingresar en urgencias.
El titular del juzgado determinó que el perjudicado,
representado por el letrado José Carlos Rodríguez, sufrió heridas provocadas
por "una escaldadura" durante la cirugía, lo cual quedó reflejado
además en uno de los informes del Hospital Universitario Virgen de las Nieves
de Granada al que tuvo que ser evacuado cuatro días después dada la evolución
de dichas quemaduras.
La resolución judicial considera que las lesiones que sufrió
el paciente durante la operación no pueden ser "una consecuencia lógica o
admisible de la propia intervención quirúrgica" a la que se sometió, y sí
un daño "desproporcionado" puesto que incluso este tipo de secuelas
no estaban contempladas como "riesgo" o una "complicación
posible" en la hoja de consentimiento.
En esta línea, el juez da por acreditado que el suero fisiológico
que se utilizó durante la intervención "se calentó en exceso" sin que
los profesionales que participaron en la operación se percataran de ello.
Además, durante el proceso judicial se descartó mediante el informe de un
alergólogo que el perjudicado tuviera cualquier tipo de alergia a dicho suero.
La sentencia valora de un modo especial el perjuicio
estético ocasionado al menor con la negligente intervención quirúrgica, así
como el perjuicio moral ocasionado por pérdida de calidad de vida, junto con el
trastorno por estrés traumático padecido, a lo que une los días de curación y
baja, algunos de los cuales no pudo desempeñar su normal actividad académica.
En total, el
paciente precisó de un total de 159 días para su curación, "frente a los
16 días que hubiera precisado si la intervención se hubiera realizado sin
complicación alguna" tras el ingreso en urgencias del menor.
El abogado de Baza
(Granada) José Carlos Rodríguez Rodríguez, que ha defendido a la víctima, ha
considerado "todo un éxito la sentencia" pese a que la indemnización
"no podrá compensar las importantes secuelas y daños morales que le han
quedado" a su representado.
Así, ha señalado
que "el SAS negaba cualquier responsabilidad en lo ocurrido, hasta el
punto de que por el propio seguro del SAS se llegó a sostener que la
reclamación era todo un reproche, que el servicio médico había actuado
correctamente al no haber encontrado ninguna anomalía durante todo el proceso
asistencial".
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