La que podría haber finalizado como una noche tranquila terminó desembocando en una inesperada visita al cuartel de la Guardia Civil. Peleas, alcohol, gritos y agresiones a los agentes de la autoridad marcaron los primeros compases de la mañana del domingo en el municipio almeriense de Berja, en la comarca del Poniente.
Según fuentes de la Guardia Civil, todo comenzó en torno a las 8.00 horas por una reyerta a propósito del destrozo de un vehículo. Al parecer, los involucrados, cuatro jóvenes de entre 19 y 22 años, “venían de pasar la noche de fiesta” y dañaron el coche de un vecino, a la altura del Camino de Riguarte, en la localidad virgitana.
Al encuentro acudieron agentes de la Guardia Civil y de la Policía Local para controlar la situación. Sin embargo, lo que parecía una simple refriega entre vecinos acabó escalando hasta adquirir tintes surrealistas.
La mecha
Los agentes informaron a los involucrados que iban a ser detenidos por el delito de daños al vehículo, pero dicha notificación supuso la llama que incendió la escena. De los cuatro jóvenes (tres hombres y una mujer), dos pusieron en problemas a los agentes. Uno de ellos se negó a la detención y comenzó a resistirse, pero el segundo fue el que pasó a más. Según informa la Guardia Civil, uno de los jóvenes comenzó a golpear el vehículo de la Policía Local, al que propinó varias patadas.
Como respuesta, uno de los agentes, aún en el interior del coche, decidió salir al exterior para recriminárselo y fue entonces cuando resultó agredido por el ya mencionado joven. El resto de agentes, unos cinco en total, trataron de reducir al varón, llevándose sendos golpes por parte del agresor.
La intervención se saldó con la detención de los cuatro implicados, que fueron trasladados a dependencias policiales. Allí, dos de ellos (los que no habían opuesto resistencia) fueron puestos en libertad. Los otros dos infractores, sin embargo, pasarán a disposición judicial.
La pena
En cuanto a las penas que conciernen al delito de atentado contra la autoridad, el artículo 550 del Código Penal recoge que se consideran “reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”. Asimismo, el documento reconoce como acto de atentado los cometidos, además, contra docentes y personal sanitario.
Dichos delitos se castigan con “penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos”.
No obstante, si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o del Consejo General del Poder Judicial, entre otros entes, “se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses”.
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