El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fijado diez
días para que el Ayuntamiento de Carboneras le detalle qué
gestiones está realizando para cubrir el puesto de secretaria cuya
vacante fue alegada por el alcalde, Salvador Hernández (CS), para
pedir que se suspendieran los plazos que le impuso para informar
sobre sus gestiones de cara a hacer "no urbanizable" el
paraje de El Algarrobico bajo advertencia de posibles multas ante
dilaciones "no justificadas".
En su enésima
providencia, consultada por Europa Press, el alto tribunal andaluz
responde a la petición efectuada por el alcalde y le exige que en un
plazo máximo de diez días dé cuenta del régimen de sustitución
previsto respecto al puesto de Secretaría en el Consistorio así
como sobre las gestiones que se estén llevando a efecto para que tal
régimen resulte operativo.
Hernández pidió la
suspensión de los plazos que la Sala de lo
Contencioso-administrativo acordó para que informara cada diez días
de los cambios y actuaciones encaminados a hacer "no
urbanizable" los terrenos de El Canillar y El Algarrobico, donde
se ubica el hotel de Azata al asegurar que carecía de secretaria
para poder efectuar los trámites solicitados.
En
concreto, el primer edil carbonero detalló en el documento suscrito
durante las pasadas navidades que el puesto de secretaría se
encuentra vacante, toda vez que la persona que ejercía sus funciones
como secretaria accidental "cesó el pasado 24 de diciembre"
sin que aún haya sido cubierto.
"En el momento de
incorporación o nombramiento de Secretaria en el Ayuntamiento de
Carboneras se pondrá en conocimiento de la Sala", apuntaba el
alcalde en su escrito con el que pedía que se paralizaran los plazos
al entender que para acatar el contenido de la resolución judicial
era preciso contar con esta figura municipal encargada de la función
pública.
La Sala de lo Contencioso-administrativo de
Granada ordenó que se librara un oficio "urgente" dirigido
al alcalde para que acometa acciones y cambios en el plan general del
municipio conforme a las observaciones realizadas por Greenpeace y la
Junta de Andalucía, que alegaron al informe técnico municipal
remitido el pasado mes de agosto con el que el Ayuntamiento daba por
cumplido dicho trámite.
En su resolución, la magistrada
María del Mar Jiménez Morera exigía al alcalde que informara "cada
diez días" a la Sala de las actuaciones realizadas para dar
cumplimiento a los cambios y actuaciones ordenadas de cara a
conformar los sectores ST-1 y ST-2 como no urbanizables.
En
este sentido, hacía una advertencia expresa a Hernández de que "de
detectarse cualquier dilación no justificada" se procedería a
la imposición a su cargo de "multas coercitivas" con la
posibilidad incluso de deducir testimonio ante las autoridades
judiciales "por si procediera exigirle cualquier tipo la
responsabilidad penal".
El tribunal ya advirtió en
ocasiones anteriores al alcalde de Carboneras con la imposición de
multas personales así como con la posibilidad de acudir a la
Fiscalía si no realizaba las acciones necesarias para declarar no
urbanizables ambos parajes en base a las sentencias, sin que se
llegara a adoptar dicha decisión finalmente.
En este
caso, realizaba varias puntualizaciones concretas sobre el
ordenamiento que fueron advertidas por la organización ecologista y
el Gobierno andaluz, entre ellas, la necesidad de que desaparezca la
inclusión de ´El Canillar´ como suelo urbanizable vigente así
como varias menciones al respecto.
Asimismo, interesa la
"publicación" de la normativa urbanística "corregida"
en ejecución de sentencia; una de las principales cuestiones que
interesan los demandantes después de que el Ayuntamiento se limitara
a llevar el contenido de la sentencia a los instrumentos técnicos
del planeamiento sin necesidad de darle publicidad a los cambios en
los boletines oficiales correspondientes.
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