El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo abre la puerta a la excarcelación de dos históricos de la banda terrorista ETA internados actualmente en el centro penitenciario de El Acebuche (Almería). Iñaki Erro Zazu alias Pelos y Fernando del Olmo podrían quedar en libertad tras la sentencia que tumbó ayer la denominada Doctrina Parot, principio que prolongaba hasta ahora su estancia en la prisión.
La Doctrina Parot nació en el año 2006 como respuesta del Tribunal Supremo (TS) a la cercana puesta en libertad del etarra Henri Parot, condenado a más de 3.000 años de cárcel. De forma simplificada, la clave del conflicto jurídico está en la aplicación de los beneficios penitenciarios a los reclusos y, concretamente, sobre el cómputo.
Aunque Parot fue castigado a más de 1.500 años de prisión, sólo podría cumplir en la práctica 30 años. Además, según el Código Penal del 73, podría acceder a una reducción de condena gracias a su inclusión en programas de estudio o trabajos. Pero la norma permitía que estos beneficios penitenciarios se computaran respecto al máximo legal de 30 años y no respecto a la totalidad de la condena, es decir, 3.000 años.
De este modo, Henri Parot cumplió 18 años de cárcel y solicitó su puesta en libertad. Fue entonces cuando intervino el TS y paró su excarcelación creando un polémico precedente que se aplicaba hasta hoy en terroristas, asesinos y violadores múltiples fundamentalmente.
Antes de 2003
El problema de su aplicación es que es retroactiva. Esto es, a partir del año 2003, la ‘Ley de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas’ incluía la filosofía de la Doctrina Parot y corregía la disfunción en el cómputo de los beneficios penitenciarios. Todos los condenados a partir de 2003 están sometidos a esta ley. Por el contrario, los penados por el Código Penal del 73 se encontraban con una doctrina aplicada con efecto retroactivo y es precisamente este punto el que tumba el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
En la cárcel de Almería ha habido varios reclusos inmersos en el conflicto de la Doctrina Parot, aunque sólo dos permanecen. Erro Zazu y Del Olmo presentaron recursos al Tribunal Constitucional. El primero suma más de 900 años de prisión por cuatro asesinatos y seis atentados, y es uno de los interlocutores del colectivo de presos etarras en El Acebuche. Mientras, el segundo suma más de 600 años por tres crímenes cometidos en los años 80. Ambos son históricos de la banda en los años más sangrientos de su actividad.
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