Ecologistas piden al TSJA que la Junta compre ya la finca de El Algarrobico

Han presentado un incidente de ejecución de la sentencia que da la propiedad a la Administración andaluza

Europa Press
22:08 • 14 may. 2014

La Asociación Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar ha interpuesto este miércoles un incidente de ejecución ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que pide que se inste desde la sala de lo contencioso-administrativo a la Junta de Andalucía a hacerse con la propiedad del suelo sobre el que se levanta el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras.

El escrito interesa que se obligue a la administración a hacer efectivo el retracto de las fincas conforme a lo dispuesto por el 104.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y para cumplir la sentencia devenida en firme por la que el Alto Tribunal validaba dicho derecho ejercido en 2006 bajo mandato del expresidente Manuel Chaves por la cuantía de 2,3 millones de euros.

Así, interesa que la Junta proceda a ejecutar la conforme a la resolución de la Consejería de Medio Ambiente de 26 de septiembre, por la que se acuerda y establece la adquisición a la empresa Azata mediante el ejercicio del derecho de retracto, de determinadas fincas pertenecientes al paraje El Algarrobico, así como designar el delegado de la Consejería en Almería para que en nombre de la misma formalice las escrituras de compraventa o, en su defecto, la Acta de Pago y Ocupación y demás documentación necesaria hasta la inscripción de la fincas en los registros pertinentes.

El colectivo conservacionista pide, sin perjuicio de lo anterior, que el TSJA inste a ejecutar el protocolo general de colaboración entre la Junta de Andalucía y el Gobierno central para la recuperación de la playa de El Algarrobico publicado en el BOE de 6 de diciembre de 2011.

Fundamenta su escrito en el artículo 104 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de ejecución forzosa de resoluciones judiciales que contempla que cualquiera de las partes y personas afectadas por una resolución pueden instar a su ejecución forzosa.

“La justificación de la ejecución de las resoluciones judiciales del TSJA relativas al ejercicio del retracto sobre los terrenos sería viable desde el punto de vista legal y material porque la protección ambiental justifica toda acción publica destinada a gestionar y mejorar la calidad ambiental de los espacios protegidos (...).







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