El TSJA falla por la paga extra de 2012

Desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento sobre el pago a los empleados laborales

Fachada de la casa consistorial.o,469
Fachada de la casa consistorial.o,469
F. C.
01:00 • 11 jun. 2014

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha fallado a favor del sindicato Comisiones Obreras quien interpuso una demanda contra el Ayuntamiento de Roquetas por suprimer la paga extraordinaria de diciembre de 2012 al personal laboral que trabaja en el Consistorio. Según ha podido saber LA VOZ, esta sentencia afectaría a cerca de 420 empleados municipales de la localidad.




Según explica el sindicato en una nota de prensa, la demanda presentada por  la Federación de Servicios a la ciudadanía de CC.OO. de Almería ya fue ganada en primera instancia ya que el juzgado de lo Social en Almería le dio la razón.




El Ayuntamiento roquetero recurrió la sentencia al Tribunal Superior de Justicia con sede en Granada, y éste ha ratificado la sentencia  condenando  al Consistorio al abono de la paga extra  (44 días).




La sentencia del TSJA indica que el conflicto colectivo afecta al personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas sujeto al Convenio Colectivo fechado en julio de 2006, que contempla dos pagas extras en los meses de junio y diciembre. Mientras que en julio de 2012 se publicó el Real Decreto de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad “mediante el cual se acordó la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 y de la paga adicional del complemento específico o pagas equivalentes a los empleados públicos”, que entró en vigor el 15 de julio. También en la sentencia se expone que el conflicto llegó al Sercla en julio de 2013 “que concluyó sin avenencia”.




Periodos De esta forma, el Tribunal estima la denuncia de CC OO al Ayuntamiento por el impago de la paga extra de diciembre de 2012 correspondiente al periodo del 1 de junio al 14 de julio; y no del 1 al 14 de julio (14 días) como exponía el Ayuntamiento roquetero. 




Son finalmente 44 días los que deberán ser objeto del pago a los 420 empleados laborales que trabajan en el Ayuntamiento roquetero, ya que expone que el pago los primeros días de mes, 1 de junio y 1 de diciembre, de las pagas extra sólo afecta a los funcionarios públicos, mientras que el Estatuto del Trabajador no especifica fecha para el devengo de estos pagos para el personal laboral, ni tampoco lo hace el Convenio Colectivo del Ayuntamiento roquetero. Ante esta sentencia, cabe recurso de casación.




También funcionarios La Federación de Servicios a la Ciudadanía ha dado un paso más y en su comunicado exige que se cumpla la sentencia y que “por extensión se le abone la paga extra también a los funcionarios, dejando claro la previsión de inconstitucionalidad de la retirada de la paga, por la que el Gobierno del Estado debe restituir este derecho en su integridad”. En el caso del consistorio roquetero, el número de funcionarios públicos se acerca a los 300, un centenar menos que el de los empleados laborales objeto del caso. 





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