La Fiscalía va a solicitar penas individuales de ocho años y seis meses de inhabilitación especial para el alcalde de Partaloa, José González (PP) y los concejales del equipo de gobierno Enrique Montalvo, Antonio Peñuela y Federico Molina, todos del PSOE, acusados de cesar en agosto de 2011 al secretario-interventor del Ayuntamiento "a sabiendas" de que el acuerdo que estaban adoptando "no se ajustaba a la legislación vigente".
El Ministerio Público les acusa, asimismo, de no actuar para reintegrar al funcionario en el efectivo ejercicio de sus funciones cuando, en octubre de 2011, la Dirección General de Administración Local les informó oficialmente de que estaba vigente su nombramiento al no haber sido revocado por "el órgano competente".
El escrito de calificación provisional, al que tuvo acceso Europa Press, considera que los cuatro, desde sus cargos de regidor, concejal de Obras y Agua, edil de Hacienda y Personal, y concejal de Cultura y Fiestas, respectivamente, incurrieron en un presunto delito de prevaricación de funcionario público por el que interesa penas de ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Según relata, elaboraron el 24 de agosto de 2011 un acuerdo en virtud del cual "rescindían la relación de servicios que hasta la fecha prestaba para el Ayuntamiento de Partaloa el secretario-interventor, Mario Callejón", lo que le fue notificado al afectado el 29 de agosto, "dejando en consecuencia, desde ese momento, de ejercer de forma efectiva sus funciones".
La Fiscalía remarca que lo hicieron "con total conocimiento y a sabiendas de que la falta de actuación conforme a la legislación vigente" y hace alusión a que Callejón ejercía desde el 11 de abril de 2011 las funciones "en régimen de acumulación, habiendo sido nombrado por la Dirección General de Administración Local".
Para el Ministerio Público, el documento elaborado por González, Montalvo, Peñuela y Molina, "no se ajusta a la legislación vigente" pues, "sin previo expediente administrativo o informe técnico, se redacto sin basarse en precepto legal alguno y por un órgano --ahonda-- que no era competente para acordar dicho cese, de conformidad con Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional".
Al hilo de esto, recuerda que en este real decreto se recoge el procedimiento para el nombramiento y cese de dicho cuerpo de funcionarios, "al que pertenece Mario Callejón", según remarca, y, además, se determina que ha de hacerse por el órgano competente de la comunidad autónoma, en este caso la Dirección General de la Administración Local de la Junta de Andalucía.
El escrito de acusación indica que el alcalde dictó, además, una resolución de fecha 1 de septiembre de 2011 que desarrollaba el acuerdo anterior y resolvía "proceder a la baja, revocación del funcionario" si bien fue recurrida por el afectado en vía administrativa.
Por último, el Ministerio Público subraya que, tras "tener conocimiento" del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Partaloa, la Dirección General de Administración Local remitió el 13 de octubre de 2011 al Consistorio un escrito en el que "se les ponía de manifiesto que el nombramiento en el puesto de secretario-interventor a favor de Mario Callejón estaba vigente hasta tanto se no produjera revocación por el mismo órgano o cese del funcionario".
"Pese a esto, por parte de los acusados no se acordó resolución o actuación alguna al respecto para reintegrar a este en el efectivo ejercicio de sus funciones", concluye.
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