Una respuesta firme y proporcionada

Luis Rogelio Rodríguez-Comendador
23:55 • 14 mar. 2018

La figura de la prisión permanente revisable es una respuesta firme, proporcionada y plenamente constitucional, frente a aquellos condenados por crímenes atroces que, al quedar sin efecto la doctrina Parot, se beneficiaron de la reducción de pena. Es un instrumento que existe en todos los países europeos, salvo Portugal, y que se ha incorporado a nuestro ordenamiento jurídico con todas las garantías y con un perfecto encaje penal. 
Además, se trata de un tipo penal avalado por la Corte Penal Internacional, que recoge en su catálogo de penas la PPR. 
Este modelo jurídico también ha sido avalado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que lo ha considerado ajustado a la Convención Europea de Derechos Humanos.
En España, la constitucionalidad de esta pena está avalada por el Consejo Fiscal, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado. Estamos hablando de una medida que no renuncia a la reinserción del penado, ya que una vez cumplida una parte mínima de la condena, un tribunal valorará de nuevo las circunstancias del acusado. 
En caso de considerar que no puede recuperar la libertad, se fijará un plazo para llevar a cabo una nueva revisión. Por lo tanto, la pena de prisión permanente revisable no es una pena definitiva en la que el Estado se desentiende del acusado. 
Al contrario, compatibiliza la existencia de una respuesta penal ajustada a la gravedad del delito con la reinserción social. Y naturalmente, no se desprecia la posibilidad de reintegrar en la sociedad al que delinque, sino de cumplir con la obligación ética, moral y jurídica de proteger a los ciudadanos de los delincuentes que no quieren o no pueden reintegrarse por diferentes razones. 
No se trata de actuar con oportunismo, sino no ignorar que tras recientes casos que a todos nos han conmovido por su crueldad, miles de ciudadanos han elevado su voz solicitando que se mantenga esta figura penal en nuestro ordenamiento jurídico, como medio para garantizar la seguridad, los derechos y libertades de todos los españoles. Pretender, como han dicho algunos grupos políticos, que su mantenimiento no hubiera salvado la vida del niño Gabriel es tan absurdo como decir que el Código de Circulación no evita los accidentes de tráfico ni las infracciones al volante. 
Lo que hace determinante un ordenamiento legal no es que las penas sean más o menos duras, sino que sean justas. 







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