La Ley y la razón

La Ley y la razón

Pedro Manuel de La Cruz
01:00 • 29 jul. 2012

Este periódico publicaba el miércoles una noticia- “Detenido un fugitivo alemán condenado a cadena perpetua por intentar matar a su mujer” - cuyo valor periodístico no estaba sólo en la literalidad de los hechos relatados, sino en algunas consideraciones que se podían derivar de los mismos. También resulta interesante rescatar el subtítulo de la primera en la que se apuntaba que el año pasado las fuerzas de seguridad de la provincia habían detenido a más de seiscientos fugitivos.


Su lectura me llevó a buscar en la hemeroteca otra, de argumento similar y publicada también por LA VOZ el miércoles 3 de junio de 2009, en la que se informaba de la ratificación por el Supremo de la condena dictada por la Audiencia Provincial en la que se condenada a un hombre a seis años de cárcel por partir el cráneo a su esposa propinándole sesenta martillazos- sesenta- “con la clara intención de acabar con su vida”.  


En esencia, y más allá de circunstancias de recorrido procesal, las dos noticias comparten un tronco común: la agresión física con intención de matar a sus parejas de los dos condenados. Donde las ramas toman caminos diferentes es en la valoración penal que uno y otro hecho merecen a los tribunales que les juzgan. Mientras que la aplicación del Código Penal alemán condena a cadena perpetua al agresor, el Código Penal español solventa el caso con una pena de seis años.




No seré yo quien caiga en el error de despeñarme por el acantilado de buscar similitudes y  diferencias entre una agresión y otra; seguro que en cada hecho concurren una serie de matices jurídicamente a tener en cuenta. Nadie se baña dos veces en el mismo río y nunca hubo dos situaciones idénticas.


Lo que sí sorprende es la disparidad cuantitativa de las dos condenas. Seis años frente a una cadena perpetua son penas tan distantes que, para cualquier profano, resultan incomprensibles.




No sé dónde está la línea justa (si quizá no exista nunca ni en ninguna circunstancia de la vida, en la aplicación de la Justicia, tampoco), pero resulta irrazonable tan distante valoración.


A veces escucho a muchos ciudadanos que muestran su percepción de que la Justicia en España y su aplicación sobre quienes presuntamente delinquen es demasiado flexible. Creo que seguro que a la luz de la literalidad de los textos jurídicos no llevan razón; pero tampoco se la niego cuando, a la luz del sentido común, así lo interpretan después de leer en éste periódico que una persona ha sido detenida por robar un bolso y que, a la misma y en su historial delictivo, le constan más de cincuenta detenciones anteriores y por el mismo motivo.




A la vista de estos y otros hechos, reiterados hasta la saciedad- basta mirar las hemerotecas- es fácil llegar a la conclusión de que algo falla. 


No creo que un presunto delincuente entre por una puerta detenido y salga por otra inmediatamente y en libertad. Pero sí hemos publicado en este periódico que los autores detenidos en el interior de una vivienda mientras la robaban fueron puestos en libertad a las pocas horas de pasar de comisaría a los juzgados. Seguro que quien así lo decidió tenía argumentos bastantes para tomar la decisión, pero, seguro también, que a usted que lee estas líneas en esta mañana de domingo, la decisión le parece inexplicable; estará jurídicamente razonada, pero socialmente es irrazonable.


Y es que la Ley tiene razones que, a veces



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