Desde este jueves 21 de diciembre todos los trabajadores pueden disfrutar de la extensión del permiso de lactancia.
Esto es posible tras la modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores para que todos puedan disfrutar del permiso de lactancia hasta un total de 28 días, aprobada por el Consejo de Ministros este martes y después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ayer miércoles.
A la espera aún se está de la ampliación del permiso de maternidad a 20 semanas y de la retribución de la mitad del permiso parental de 8 semana, medidas anunciadas por el Gobierno central pero aún no aprobadas.
Permiso parental
A propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Gobierno aprobaba esta semana "la norma en la que se procede a abordar una modificación del permiso de lactancia con la finalidad de mejorar los términos del ejercicio del derecho y, a la vez se refuerza y complementa el recientemente reconocido permiso parental".
Hasta ahora, el derecho a ausentarse quedaba condicionado a las previsiones de la negociación colectiva o al acuerdo a que se llegara con la empresa. "Ahora, la modificación del artículo 37.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores elimina estas restricciones convirtiendo todas las posibilidades de disfrute, incluida la acumulación de las horas retribuidas de ausencia, en un derecho de todas las personas trabajadoras. Con ello se avanza en la mejora y se incrementa el nivel de reconocimiento y protección de los permisos de conciliación", se destaca desde el Gobierno central.
"En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas", explican las citadas fuentes.
"La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación", puntualiza.
Finalmente precisa que cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses.
Desde la @asociacion_yonorenuncio y a través del colectivo de Malasmadres, se afirma que este cambio es una mejora importante en cuanto al conocido de siempre como “permiso de lactancia” que puede evitar bastantes malentendidos, controversias y litigiosidades", sin olvidar a los autónomos a los que no es aplicable este cambio.
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