Confirmadas las condenas por el secuestro y asesinato de José Ángel Bru en julio de 2008

El TS avala la decisión de la Audiencia de Almería y mantiene las condenas para cuatro acusados

Juicio celebrado en la Audiencia de Almería
Juicio celebrado en la Audiencia de Almería
Javier Pajarón
20:50 • 30 oct. 2017

Una década después del hallazgo del cadáver de José Ángel Bru en los asientos traseros de un coche en llamas en una vía de servicio, a los pies de la autovía, en el término municipal de Gérgal, el Tribunal Supremo da carpetazo al caso. La Sala de lo Penal del TS desestima los recursos de casación presentados por  las defensas y la acusación particular y mantienen las condenas dictadas por la Audiencia Provincial de Almería para cuatro investigados.




Dos acusados, miembros de un conocido clan familiar, cumplirán penas de 23 años de prisión por el secuestro y asesinato de Bru en julio de 2008. Según determinó el tribunal, los acusados culpaban a la víctima de la desaparición de un cargamento de hachís enviado desde traficantes en Marruecos.




“Al detectarse la desaparición del hachís y tras intentar averiguar a quién había sido debida, llegaron a la conclusión de que había sido llevada a cabo por José Ángel Bru, por lo que resolvieron sorprenderle, retenerle y obligarle por la fuerza a devolverles la sustancia en cuestión”, señala la sentencia. “Para ello, a primeras horas de la tarde del 17 de julio del año antes indicado, los acusados, en unión de otras personas no identificadas, se apostaron en las inmediaciones del acceso a la vivienda de Bru”, añade.




El joven fue secuestrado y trasladado a un cortijo de la Comarca de Níjar. Allí fue torturado para confesar el paradero de la droga y asesinado, según la investigación desarrollada por la Policía Judicial de la Guardia Civil. El TS mantiene la condena también para otros dos acusados por delitos contra la salud pública y absuelve a otros miembros de la familia en el crimen de 2008.




La Sala de lo Penal desestima, fundamentalmente, el argumento de la nulidad de las escuchas telefónicas, clave en el caso. Aunque los indicios incriminatorios se obtuvieron de unos pinchazos para otro caso (un asunto de drogas), el tribunal cree que no se vulneraron los derechos de los acusados y que las escuchas estaban justificadas suficientemente. La participación en el crimen queda, por tanto, reducida a dos personas, según el juez.
 







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