El Reglamento Orgánico de Pleno, el principal instrumento para regular el funcionamiento de los grupos municipales, se ha actualizado aunque no ha conseguido la unanimidad ya que tanto Podemos como PSOE se abstenían para “no frenar la aprobación de la norma” pero mostraban su imposibilidad de respaldar el documento, y el concejal no adscrito también se abstenía al tratar temas de los que no puede participar.
El motivo de la crítica de PSOE y Podemos fue la misma: la eliminación del punto cuatro del artículo 42 que establecía el criterio de mínimos en el reparto de los asesores y administrativos que corresponden a cada grupo municipal dejando todo en manos de la propuesta que se apruebe por el pleno. Esto significa que dependerá de la negociación que se haga para establecer los pactos de gobierno.
Carmen Mateos, portavoz de Podemos, considera que el documento cuenta con “un mínimo de contenido antidemocrático” y advierte a los populares de que se trata de “un arma de doble filo” dando a entender que los partidos en el gobierno pueden cambiar.
Por su parte la portavoz socialista, Adriana Valverde, explicaba que no puede apoyar un cambio sobre el que se basa un recurso judicial que está admitido a trámite y que presentaran por el actual reparto de los asesores.
Consenso
No negó María del Mar Vázquez, portavoz municipal, que en este extremo no había acuerdo con todos los grupos pero no quiso entrar con detalle en ese debate.
Más allá de esta polémica, lo cierto es que el reglamento cambia en algunos puntos que eran necesarios en este momento. El primero de ellos, el recoger la aplicación de las nuevas tecnologías para los plenos.
Además, el reglamento amplía a un periodo bienal la declaración de intereses por parte de los concejales, hasta ahora solo necesario en el momento de la toma de posesión del cargo. En el nuevo articulado se viene también a regular aspectos relativos a los miembros del plenario no adscritos.
Respecto al funcionamiento de los plenos, el nuevo reglamento atribuye la condición de sesión extraordinaria al debate sobre el estado de la ciudad, estableciendo la celebración de dos sesiones dentro de cada mandato corporativo. Además, y como se viene repitiendo, corresponde un máximo de dos mociones las que puede presentar cada grupo.
Llega la votación remota al plenario
Pero sin duda lo más importante del nuevo reglamento es el cambio en materia tecnológica que permitirá que se pueda solicitar el voto remoto para los casos en que haya una persona que no pueda asistir por enfermedad o por baja por maternidad o paternidad.
Además recoge medidas como la celebración de sesiones telemáticas en el caso de las sesiones plenarias, se entenderán celebradas a todos los efectos. Y también garantizar el acceso a la información y la petición de documentos no solo en formato físico, sino también en soportes informáticos actualizando así el sistema.
Consulte el artículo online actualizado en nuestra página web:
https://www.lavozdealmeria.com/noticia/12/almeria/204186/el-reparto-de-asesores-impide-el-consenso-en-el-reglamento-de-pleno