La Junta Electoral expedienta a Pedro Sánchez

Le sancionan por vulnerar la neutralidad que se exige a los poderes públicos en elecciones

Pedro Sánchez en una imagen de archivo.
Pedro Sánchez en una imagen de archivo. Europa Press
Europa Press
21:24 • 30 oct. 2019

La Junta Electoral Central ha acordado abrir sendos expedientes sancionadores al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a su ministra Portavoz Isabel Celaá, por vulnerar la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral. A Sánchez se le achaca haber utilizado medios públicos como las dependencias del Palacio de La Moncloa y la página web de Presidencia para una entrevista que el líder socialista concedió a la cadena de televisión laSexta.




En cuanto a Celaá se le abre expediente por hacer electoralismo desde la sala de prensa del Consejo de Ministros al presentar los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). En ambos casos, que tiene su origen en una denuncia del PP, se recuerda que todo el Gobierno ya estaba apercibido por haber vulnerado el principio de neutralidad en dos ruedas de prensa institucionales tras el Consejo de Ministros.



Antecedentes



Toda esta situación ha sucedido por el uso electoral de los salones de La Moncloa por parte del presidente del Gobierno en funciones para una entrevista en La Sexta en la que presumió, en varios pasajes, de la marcha económica del país, más las resoluciones, también que incluyen a la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celáa, a quien el pasado 2 de octubre la JEC ya percibió por hacer "electoralismo" en el Consejo de Ministros en este caso por alguna de sus intervenciones en la sala del Consejo de Ministros el día siguiente a la exhumación del dictador Francisco Franco.




Por un lado, Sánchez, en esa misma entrevista, afirmó: “Por eso es muy importante movilizarnos, por eso es muy importante, sobre todo, que la gente indecisa sea muy consciente de que el próximo 10 de noviembre tenemos que dar respuesta a una pregunta bien sencilla, y es si queremos que España avance o continúe sumida en el bloqueo.” Y también destacó: "Insisto, necesitamos un gobierno fuerte, un gobierno estable, con una mayoría parlamentaria sólida, y eso es lo que yo les pido a los españoles.”




La denuncia efectuada por el PP también indica que la transcripción de esa entrevista estaba disponible en la página institucional de Presidencia de Gobierno en internet, un dato que se considera "crucial" para apreciar si se ha vulnerado la prohibición del artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Loreg).



Neutralidad



La Junta apunta, en este sentido, que en el propio escrito de alegaciones de Presidencia del Gobierno se reconoce que la transcripción de esa entrevista fue difundida en la mencionada página pública de internet de La Moncloa, aunque luego fue retirada. Para la JEC "ese dato evidencia la utilización de una página pública oficial para la difusión de manifestaciones de contenido electoralista, lo que quebranta el principio de neutralidad política que dimana del art. 50.2 de la LOREG". El artículo 50.2 de la Loreg prohíbe que desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas se organice cualquier acto financiado.


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