La Ley de la Cadena Alimentaria, que entró en vigor en 2014, es una de esas normativas que parece que se formularon para no ser cumplidas; fue en tiempo de Miguel Arias Cañete cuando se publicó en el BOE y desde entonces se ha sabido que existía, que estaba ahí sobre el papel, pero que no era necesario cumplirla.
Todos los actores y operadores de esta larga cadena de eslabones alimentarios han hecho como en esa fábula antigua: han visto al rey desnudo pero nadie se ha atrevido a denunciarlo.
En 2020 se publicó una reforma de la Ley y ahora, en noviembre, ha entrado en vigor una reforma de más calado que la perfecciona, pero que no servirá de nada si los que la tienen que cumplir no la cumplen y si quien tiene que hacerla cumplir hace dejación de funciones como hasta ahora: casi el 70% de los infractores de esta norma aún no han pagado las sanciones impuestas. Además, según organizaciones como Unión de Uniones, las multas tienen un débil efecto desincentivador, teniendo en cuenta que su importe no es muy elevado.
Según los datos de la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA), de las 2.474 sanciones impuestas por el Ministerio de Agricultura de Luis Planas por importe global de 11,8 millones de euros desde que la Agencia lleva funcionando hasta el 31 de diciembre de 2020 solo se han hecho efectivos 3,8 millones, con una cuantía media por multa de 1.790 euros.
El espíritu de esta ley y su ambiciosa reforma que acaba de ver la luz es proteger a los productores en la negociación con la comercialización, la distribución y la restauración del canal Horeca. Además, llega cuando se ha desencadenado una tormenta perfecta con el encarecimiento de las materias primas.
Las claves de esta nueva norma son: la prohibición de vender por debajo de costes; la obligatoriedad de formalizar el contrato por escrito en todas las operaciones comerciales salvo los importes por debajo de 1.000 euros (ya no vale un simple ticket de compraventa de palets); creación de un registro de contratos alimentarios para dar más transparencia; publicidad de las sanciones al trimestre; se establece un catálogo ampliado de prácticas desleales que se prohíben o se restringen.
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