Todos los municipios de las ocho provincias de Andalucía se mantienen por segunda semana consecutiva a nivel 1 de alerta sanitaria por Covid-19 desde la medianoche de este jueves 23 de septiembre.
Así lo han acordado los comités territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto en las reuniones telemáticas celebradas este miércoles, que han establecido las medidas vigentes por municipios durante los próximos siete días.
Por provincias, en Almería el área norte continúa en nivel 1 y los distritos de Poniente y la capital se mantienen al 1 tras siete semanas a nivel 2, y en Jaén, se mantiene al 1 por segunda semana el distrito nordeste tras seis al 2 y se suma a los distritos norte, sur y el de la capital.
En Málaga, el distrito sanitario Costa del Sol está a nivel 1 de alerta por segunda semana --tras tres semanas al 2--, sumándose al resto de distritos (Málaga, Guadalhorce, Serranía, La Vega y Axarquía).
Por su parte, en la provincia de Córdoba, el área norte sanitaria se mantiene a nivel 1 por segunda semana y le siguen Guadalquivir, Córdoba y sur --en estos distritos se incluye al municipio sevillano de Peñaflor por estar en el distrito sanitario Guadalquivir--.
En la provincia de Cádiz, están a nivel de alerta 1 la zona del Campo de Gibraltar por segunda semana --tras ocho semanas seguidas en 2-- y se une a Bahía de Cádiz-La Janda, Jerez-Costa Noroeste, Sierra de Cádiz y Campo de Gibraltar Este que están a nivel 1 por tercera semana.
En Granada, toda el área sanitaria se mantienen a nivel 1 de alerta por tercera semana, y en Sevilla, todos los distritos siguen al 1 por segunda semana, tras siete semanas al 2 (Aljarafe, Sevilla, sur y norte), salvo la zona este, que ya se encontraba en este nivel.
Por su parte, en Huelva el Distrito Sanitario Condado Campiña sigue al 1 --tras siete semanas al 2--, el distrito Costa hace lo mismo tras ocho y a ambos se suma el área norte --por tercera semana a nivel 1--.
Tercera semana sin toque de queda
Del mismo modo, la Junta de Andalucía ha decidido este miércoles 23 de septiembre, por segunda semana consecutiva, que ningún municipio andaluz con más de 5.000 habitantes adoptará medidas de restricción de la libertad de movimiento en horario nocturno de 2,00 a 7,00 horas debido a que ninguno supera la tasa de mil casos por cada 100.000 habitantes tras la revisión, como cada semana, de la situación epidemiológica.
La petición de toque de queda se adopta por los comités territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto, en reunión telemática celebrada cada miércoles. Sobre la base de los informes de "evaluación específica" realizados por la Sección de Epidemiología de las respectivas delegaciones de la Consejería de Salud y Familias, la administración ha establecido no limitar la movilidad.
Restricciones
Tras la reunión del pasado 14 de septiembre del Comité Regional de Alto Impacto en Salud Pública, conocido como Comité de Expertos, se ha ampliado al 100% los aforos en teatros, cines, auditorios y conciertos en nivel 1 con la mayor distancia interpersonal posible y las condiciones higiénico-sanitarias.
En relación con los establecimientos de ocio nocturno, se iguala el número de comensales en mesas en el interior tanto en nivel 2 como en nivel 1, pasando de seis a ocho comensales. Así, quedarían igual que en restauración para ambos niveles. Se elimina en nivel 2 de alerta las medidas para el cierre nocturno de las playas.
En cuanto al culto religioso en interiores y exteriores: se amplían los aforos al 100% en los lugares de culto, manteniendo la mayor distancia interpersonal posible, en el nivel 1 de alerta con las condiciones higiénico-sanitarias recomendadas.
En relación con las universidades, tanto las públicas como las privadas podrán continuar desarrollando su actividad de forma presencial. En cualquier caso, deben adoptar las medidas organizativas y preventivas indicadas por la autoridad sanitaria. En este sentido, se han actualizado --en coherencia con la actualización aprobada en la Comisión de Salud Pública nacional-- las medidas para este curso 2021/22 con el objetivo de permitir la máxima presencialidad del alumnado (mientras la situación epidemiológica lo permita).
En relación con los establecimientos recreativos infantiles, en nivel 1 se permite la permanencia de dos grupos de usuarios simultáneamente, siempre que no coincidan en el mismo espacio de juego del establecimiento. Por ejemplo, se permitirá un grupo merendando y otro en el ´play-room´. Se amplía el aforo al 100% en espacios al aire libre y al 75% en espacios cerrados en nivel 1de alerta. En nivel 2 de alerta se ampliaría al 60% al aire libre y al 50% en interiores.
En las instalaciones deportivas, se permite en nivel 1 de alerta el 100% de aforo para la práctica físico-deportiva en espacios e instalaciones deportivas convencionales al aire libre. Se mantiene el 75% para interiores. Se eleva el límite de finalización de pruebas y eventos deportivos no convencionales hasta las 01,00 horas.
En los establecimientos de actividades zoológicas, botánicas y geológicas (incluidos acuarios), en nivel 1 y 2 de alerta se amplía el aforo permitido hasta el 100% cuando se trate de espacios abiertos y a un 75 % cuando sea espacios cerrados.
En cuanto a los establecimientos y locales de juegos y apuestas, se iguala el horario de la actividad de restauración que se desarrolle en ellos al resto de la restauración. Se amplía en nivel 1 y 2 de alerta la ocupación de las mesas a ocho personas en interior y diez en exterior.
En cuanto a las pruebas selectivas, se deja sin efectos la obligación de autorización previa de Salud Pública para la realización de pruebas selectivas presenciales de las administraciones públicas de la Junta de Andalucía en niveles de alerta 1 y 2.
Se deja sin efecto el máximo de participantes por sede para pruebas selectivas oficiales desarrolladas en Andalucía en nivel 1 y 2 de alerta. No obstante, se seguirán los Protocolos de medidas preventivas establecidos para estas pruebas selectivas.
Toque de queda nocturno
Asimismo, la orden de 21 de julio de 2021, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se modifica la orden de 7 de mayo de 2021, determina que los titulares de las delegaciones provinciales o territoriales competentes en materia de salud serán los encargados de "la adopción de los niveles de alerta sanitaria establecidos" en esta resolución, "junto con la aplicación de las medidas que correspondan a cada uno de ellos, incluida la limitación de la libertad de circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las 2,00 y las 7,00 horas de la mañana" en "municipios de más de 5.000 habitantes que superen una tasa de incidencia acumulada ascendente de más de 1.000 casos a 14 días por cada 100.000 habitantes".
Al colisionar con derechos fundamentales como el de la libre circulación, esta medida deberá ser posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
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