La Consejería
de Justicia, Administración Local y Función Pública
ha aprobado la implantación del modelo de nueva Oficina Judicial en el municipio de Vera. La localidad veratense estará acompañada por otras dos andaluzas donde se habilitará una oficina similar como son Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) y Santa Fe
(Granada). Se trata de oficinas integradas por las Unidades Procesales de Apoyo Directo
(UPAD) y destinadas a asistir a jueces y magistrados en las
actuaciones necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones, y el
Servicio Común Procesal de Partido Judicial General.
De esta manera, como en el caso de Vera, las oficinas se abrirán en partidos judiciales que cuentan con cuatro Juzgados de
Primera Instancia e Instrucción. La orden de creación de la Oficina
Judicial recoge la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) en cada partido, que "en ningún caso supone una merma de efectivos" según subraya la Junta, delimita las
funciones y la adecuación retributiva a la reorganización que
supone, con los correspondientes complementos para aquellos
funcionarios que desarrollarán funciones específicas.
En los tres partidos judiciales, la nueva estructura supondrá un incremento de plantilla de un total de 10 funcionarios. Así, en el caso de Vera se incorporarán tres personas (un gestor procesal y dos tramitadores) con lo que la plantilla total pasará de 38 a 41 funcionarios; en Sanlúcar de Barrameda se crean cuatro puestos más (dos de Gestión Procesal y dos de Tramitación), con lo que la nueva Oficina Judicial estará integrada por 44 personas frente a las 40 actuales; y en Santa Fe aumentará la plantilla en tres gestores procesales, pasando de 41 a 44.
El
número de unidades procesales de apoyo directo corresponde al de
juzgados creados y en funcionamiento, integrando, junto a sus
titulares, el respectivo órgano judicial. Las UPAD asumirán también
las funciones del Registro Civil.
El
servicio común procesal asume labores centralizadas de gestión y
apoyo en actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes
procesales para todos los órganos del partido judicial. La
dirección estará a cargo de una persona perteneciente al Cuerpo de
Letrados de la Administración de Justicia. Además, se
organiza en dos secciones: la sección procesal general y la sección
procesal de ejecución, ambas con una jefatura o, en su defecto, bajo
la dependencia directa de la dirección del servicio común.
En
todos los casos, las dotaciones
de puestos de trabajo han sido negociadas con los sindicatos
en la Mesa Sectorial de Justicia y la aprobación inicial por parte
de la Consejería debe ser ratificada por el Ministerio, si bien solo
puede denegarla por razones de legalidad.
Transcurridos
dos años desde la puesta en funcionamiento de las oficinas
judiciales, la Mesa Sectorial analizará la evolución de las cargas
de trabajo recogidas en las memorias del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía (TSJA) para evaluar los resultados obtenidos
como consecuencia del cambio organizativo operado. En función de
dicha evaluación se determinarán las adaptaciones o modificaciones
necesarias que serán aprobadas por la Consejería de Justicia,
previo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y
comunicadas al Ministerio de Justicia.
La orden también regula la estructura de los juzgados de Paz de los municipios que forman parte de los tres partidos judiciales. Vera da servicio también a los municipios de Antas, Bédar, Carboneras, Cuevas de Almanzora, Los Gallardos Garrucha, Lubrín, Mojácar y Turre. El partido judicial de Sanlúcar de Barrameda incluye a Chipiona y Trebujena. El de Santa Fe lo integran Alhendín, Chauchina, Cijuela, Cúllar Vega, Escúzar, Fuente Vaqueros, Las Gabias, Láchar, La Malahá, Otura y Vegas de Genil.
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