Taconear en casa o jugar al dominó, prohibido con la ordenanza municipal

Taconear en casa o jugar al dominó, prohibido con la ordenanza municipal

M.A. Arellano/ E. de la Torre
11:55 • 09 abr. 2013

Mucho están dando que hablar las normativas para combatir los ruidos que el Ayuntamiento quiere aplicar en el municipio. Si primero se habló de la regulación de los ruidos ocasionados por restaurantes y lugares de ocio, ahora el punto de mira del Consistorio está en los originados en el interior de las viviendas. Como ya informó LA VOZ, el equipo de Gobierno (PP) retiró el día 4 de una sesión plenaria la ‘Ordenanza municipal reguladora del ruido procedente de usuarios de vía pública, actividades domésticas y de vecinos’ con el objetivo de abordar en el próximo Pleno una nueva normativa tras el estudio y consenso de las diferentes formaciones políticas.


La ordenanza incluía la prohibición en el interior de los edificios de viviendas de correr, saltar, patinar y taconear, “por ser acciones que generan ruido de impacto”.


Demolición de tabiques
Por otro lado, se recogía que las obras y trabajos de albañilería en el interior de los domicilios que impliquen demolición de tabiques solo se podrían desarrollar de 08:00 a 17:00 horas en días laborables y de 10:00 a 17:00 en sábados y festivos.




Por su parte, las operaciones de limpieza, ejecución de instalaciones o reparaciones, que necesiten usar “herramientas o utensilios que puedan causar molestias por ruido”, sólo podrían desarrollarse de 08:00 a 21:00 horas en días laborables y de 10:00 a 21:00 en sábados y festivos.


La normativa preparada por el Consistorio también hablaba de las celebraciones y fiestas privadas en el interior de viviendas. “Podrán desarrollarse, manteniendo un comportamiento lógico de civismo, entre las11:00 y 00:00 horas, salvo sábados y vísperas de festivos cuando el margen anterior quedará fijado entre las 11:00 del sábado o víspera del festivo y las 01:00 horas del domingo o festivo, respectivamente”.




Respecto a la práctica de juegos en patios, uso de piscinas, instalaciones y locales comunitarios, y celebración de fiestas y actividades diversas, la comunidad o intercomunidad de propietarios podría adoptar los siguientes acuerdos: limitar la práctica de determinados juegos susceptibles de causar molestias; restringir el uso de piscinas e instalaciones deportivas a una determinada franja horaria, al igual que la celebración de fiestas y actos vecinales; y limitar el uso de determinados emisores acústicos ruidosos.


La ordenanza retirada también hablaba de los animales. Sus dueños serían los responsables de adoptar las medidas necesarias para evitar que causen molestias por ruido, tanto si se encuentran en el interior de las viviendas como en balcones, zonas comunes, patios y terrazas. “Además, se prohíbe, aunque sea temporalmente, dejar solos a los animales en viviendas, balcones, ventanas, terrazas, patios y resto de zonas comunes, cuando causen molestias por ruido a los vecinos”, recogía la ordenanza.




Otros apartados
Además de regular los actos y comportamientos vecinales en los edificios de viviendas, el equipo de Gobierno también incluyó restricciones en los veladores, uso de la megafonía en la vía pública, obras y trabajos en la calle y los actos y celebraciones en espacios al aire libre.


Al especificar algunos de los anteriores apartados se puede destacar que, además de regular las características y la concesión de la autorización municipal de los veladores, se recogía la prohibición en ellos de elaborar o preparar alimentos o bebidas que puedan producir ruido, “operaciones que deberán siempre realizarse en el interior del establecimiento principal”; instalar máquinas de juego, recreativas, billares, futbolines y  atracciones infantiles; cualquier tipo de juego o actividad susceptible de generar ruido de impacto, por ejemplo, dados y dominó; y cantar, hacer sonar instrumentos musicales, gritar o mantener conversaciones excesivamente altas.


La ordenanza limitaba también comportamientos en público “como cantar, hacer sonar instrumentos musicales o gritar”.



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