La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres años y tres
meses de prisión a D.C.S., alias ´El Sangre´ por encabezar grupos
y cuentas en redes sociales desde las que retroalimentaba un
"sentimiento de odio xenófobo", llegando a repartir
carteles de contenido racistas e integrar "grupos de vigilancia
nocturna" que asumían funciones "pseudopoliciales"
con interrogatorios a ciudadanos marroquíes, a los que
increpaban.
A través de sus acciones, el acusado
transmitía a la sociedad la "repulsa" hacia colectivos de
inmigrantes, principalmente a la población árabe, a los que se
señalaba como "culpables de problemas como la inseguridad en
las calles" o "la falta de ayudas económicas para los
ciudadanos españoles o el paro".
La Sección Tercera
de la Audiencia Provincial de Almería impone al acusado dos años y
medio de prisión por un delito de incitación al odio por motivos
discriminatorios así como nueve meses de prisión adicionales por un
delito de humillación por motivos discriminatorios, así como varias
multas, una orden de alejamiento con respecto a una de sus víctimas.
También lo condena por un delito de maltrato de obra toda vez que lo
absuelve de otros de tenencia de armas prohibidas y de daños.
La
sentencia, consultada por Europa Press y sobre la que cabe recurso de
apelación, da por probado que el joven fue uno de los promotores de
la distribución de una gran cantidad de carteles "con tintes
racistas y xenófobos hacia los árabes" que aparecieron el 31
de julio de 2019 en Antas, en los que se le atribuía a
esta población "ser la causa de la inseguridad del pueblo".
La
resolución judicial, cuyo ponente ha sido el magistrado Luis Durbán,
destaca la "intervención activa" del acusado, que con sus
actuaciones "incitó al odio, la hostilidad, la discriminación
y la violencia contra ese colectivo con base en motivaciones ligadas
a la procedencia, raza y religión".
Los mencionados
carteles, en los que también se reprochaba su acción a quienes les
alquilaban casas, estaban firmados por el colectivo ´Antas Klan´,
grupo cuyo nombre "está inspirado en el grupo supremacista
blanco ´Ku Klux Klan´" y cuya dirección y toma de decisiones
corresponde al acusado, según consta en la resolución judicial, en
la que se le achaca la confección y distribución de los
folletos.
En concreto, los pasquines se presentaban como
un "comunicado oficial de Antas Klan, colectivo de vecinos
preocupados por la extrema inseguridad ciudadana" en el se
anunciaba la puesta en marcha de patrullas ciudadanas con las que
"tomar el control" de la situación del municipio "tras
más de 50 robos, persecuciones machistas de personas árabes hacia
niñas del pueblo y ninguna solución" y "sin ayuda de la
Guardia Civil, pues no han estado cuando han hecho falta ni se les
espera".
"Volverá a reinar la tranquilidad de
nuestro pueblo, por las buenas o por las malas", añadía el
comunicado en el que aseguraban que "tan culpable es el enemigo
como quien mete en casa al enemigo", de modo que los carteles
tenían como finalidad generar un "sentimiento de rechazo hacia
los inmigrantes por parte de los integrantes" a toda la
localidad, "tratando de que los árabes se sintiesen incómodos,
inaceptados e incluso de que se les denegase la posibilidad de
alquilar casas en el pueblo y así tener que marcharse".
PATRULLAS
NOCTURNAS DE VIGILANCIA
Tras la aparición de estos
carteles, tanto el acusado como otros no identificados iniciaron
"patrullas nocturnas de vigilancia en Antas" por las que
asumían "funciones pseudopoliciales de control e interrogatorio
de ciudadanos marroquíes" a quienes pedían "explicaciones
de por qué se encontraban en la calle o a dónde se dirigían,
acorralándoles e increpándoles con un tono intimidante hacia los
integrantes de este colectivo social".
Al condenado
se le intervino durante un registro en su vivienda varios carteles de
la organización así como dispositivos electrónicos con los que se
servía para "sus actividades ilícitas y la organización de
los colectivos" con los que "propagar y contagiar a toda la
sociedad el odio y desprecio hacia los inmigrantes, especialmente los
de origen marroquí que residían en Antas".
En dicho
registro policial de la vivienda, que el acusado compartía con un
compañero de piso, también se intervinieron dos puños americanos y
una navaja negra con una esvástica roja grabada, si bien no quedó
acreditado durante el juicio que perteneciera al acusado. Tampoco se
pudo probar su participación en las pintadas que aparecieron en
noviembre del mismo año con el símbolo de la "cruz celta"
y la frase Kapitulieren? Nein! JNR" ("¿Capitular? No"),
así como pintadas con los lemas "moros de mierda" o "stop
invasión".
´El Sangre´ ya fue condenado, por un
lado, a nueve meses de prisión por amenazar a un hombre marroquí
con prenderle fuego a él y a su casa en 2018, así como, por otro,
por agredir a un musulmán el mismo año. Además, es el
administrador de varios perfiles en redes sociales "radicalizados
de extrema derecha", así como dinamizador de una grada de
fútbol de la Unión Deportiva Almería "con el mismo perfil
ideológico", así como integrante, dirigente o partícipe de
otros cuatro grupos más de similar naturaleza.
INSULTOS
EN EL DÍA DE LA HISPANIDAD
El tribunal también da por
probado que el acusado, que promovió el montaje de un bar y un
escenario en la Era del Lugar de Antas con motivo del Día de la
Hispanidad el 12 de octubre de 2019, se dirigió durante la
celebración de la fiesta a un ciudadano de origen marroquí que se
encontraba en los festejos "con la finalidad de herir su amor
propio y dignidad, así como de vejarlo por el mero hecho de ser
extranjero".
Así, junto con otras personas no
identificadas, se encaró a la víctima a la que dijo "moro de
mierda vete de aquí, que nos vas a arruinar la fiesta, vete de aquí
si no quieres acabar inflado a hostias", por lo que llegó a
"agarrarlo violentamente a hasta hacerle caer al suelo junto con
él", sin causarle lesiones pero "dando lugar a que
resultase deteriorado su teléfono móvil".
La
víctima huyó del lugar para refugiarse en su vehículo, que se
encontraba en un espacio cercano, de modo que el automóvil fue
"aporreado por personas no identificadas, sufriendo desperfectos
que han sido tasados en 250 euros". No consta, en este caso, que
el acusado participara en dichos daños. Asimismo, el tribunal
absuelve a un segundo acusado al no quedar acreditada su
participación en estos hechos como ya hiciera con un tercer
investigado sobre el que se retiró la acusación durante el
juicio.
El evento organizado por el acusado tenía como
finalidad "difundir públicamente su mensaje xenófobo e
islamófobo", ya que el acto contemplaba el uso de un escenario
donde se exhibieron "símbolos como el águila bicéfala sobre
la Cruz de Borgoña" desde el que se dio lectura mediante
megafonía "a un discurso en el que se exaltaba la figura de
Franco" porque "no había inmigrantes en España".
El
fallo impone al acusado la prohibición de acercarse a menos de 300
metros de la víctima, a la que tendrá que indemnizar con 2.100
euros, durante cinco años y cuatro meses, toda vez que lo inhabilita
para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo
y de tiempo libre por tiempo de diez años.
"Los
actos desplegados van mucho más allá de una mera agresión y unos
insultos de tinte racista y xenófobo. Teniendo en cuenta el perfil
del autor, su proclamada aversión al grupo en el que se integra el
perjudicado y, sobre todo, el contexto en que se desarrolla la
agresión, en una celebración con simbología y discursos con un
claro sesgo discriminatorio, junto con las palabras dirigidas a la
víctima, no podemos sino concluir que los hechos tienen encaje en el
tipo penal invocado por el Ministerio Fiscal", concluye en sus
fundamentos el tribunal.
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